Circular sin llevar en la guantera del vehículo el justificante del pago del seguro obligatorio ya no podrá ser sancionado por los agentes de Tráfico. La comprobación, a partir de ahora, de que el vehículo cuenta con el seguro obligatorio se realizará de manera telemática mediante consulta a la base de datos. Con todo, la Dirección General de Tráfico (DGT) recomienda a los conductores llevar el recibo junto con el resto de los documentos del vehículo. Y es que en aquellas ocasiones en las que no conste la vigencia del seguro o no sea posible realizar la consulta, el agente sí podrá solicitar al conductor el justificante del pago del seguro.

De no acreditarse, el conductor recibirá un expediente de denuncia y se le indicará que en el plazo de cinco días debe presentar el justificante de pago del seguro en la Jefatura de Tráfico, ya que en caso de no hacerlo se precintaría el vehículo.

En el 2007 se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar, en el momento en que lo requería el agente, el justificante del pago del seguro. El importe era de 60 euros. La novedad es posible gracias a la puesta en funcionamiento del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) y a la entrada en vigor el pasado 13 de octubre del nuevo Reglamento del Seguro. Evidentemente solo se exime de llevar encima el justificante, mientras que la circulación de vehículos sin seguro obligatorio se sanciona con multas de 1.000 euros para los ciclomotores, 1.250 para las motocicletas y 1.500 para los turismos, así como la retirada de cuatro puntos del carnet.

PATRULLAS CON CAMARA Para evitar que circulen vehículos sin seguro, la DGT puso en marcha el pasado enero un sistema de control automático de reconocimiento de matrículas. Así, 12 coches patrulla de la Guardia Civil transitan por la red viaria equipados con un sistema capaz de leer las matrículas y comprobar al instante si el vehículo analizado tiene seguro contratado.