Los jugadores de Lotería de Navidad tienen dos opciones para comprar sus décimos. Por un lado, existe la posibilidad de adquirirlos cada uno por su cuenta, pero no es la única forma. No en vano, los boletos también se pueden conseguir a través de participaciones, que son muy frecuentes en empresas, familias o grupos de amigos. De esta forma, en caso de tocar algún premio, el dinero se repartiría entre todos los partícipes.

Las participaciones son un contrato entre dos partes. El comprador invierte una pequeña cantidad a un número (o más) que, en caso de coincidir con el número ganador, otorgará a su dueño una porción. Es un sistema que no puede ser utilizado por los distribuidores habituales de Lotería, sino que tienen que ser los particulares los que lo lleven a cabo.

¿CÓMO SE HACEN PARTICIPACIONES?

Lo normal es que los números de la lotería se repartan de viva voz, sin ningún tipo de contrato de por medio, pero si se quiere hacer este trámite bien y concienzudamente, también para evitar sorpresas desagradables o malentendidos, a la hora de hacer participaciones es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

1. El organizador de las participaciones asume la obligación del pago a quienes las hayan comprado, en caso de premio. La responsabilidad recae exclusivamente en él, sin que sea posible reclamar a Loterías y Apuestas del Estado. Se trata de un contrato únicamente entre dos partes.

2. Se debe indicar el sorteo y fecha para el cual se participa (por ejemplo, Sorteo Extraordinario de Navidad 2019, a celebrar el 22 de diciembre). También el número del décimo, el importe total con el que se juega y aparte el donativo adicional para la causa benéfica correspondiente, en el caso de las asociaciones. Se debe indicar que se trata de un "donativo" y no un "recargo" referido a la retención que aplica Hacienda.

3. Hay que hacer constar también la razón social o denominación completa de quien organiza la venta de participaciones, con DNI y dirección postal, porque a él se dirigirán en caso de que el billete resulte premiado.

4. Debe aparecer en las papeletas que el 20% de los premios gordos (superiores a 10.000 euros) irá a Hacienda. El año 2013 fue el primero en el que estos premios fueron gravados fiscalmente y Loterías y Apuestas del Estado ha recomendado desde entonces incluir este aviso para evitar reclamaciones. Cualquier ganador podría exigir al organizador el cobro íntegro, de no estar indicado en la papeleta.

5. Se ha de indicar claramente -ya sea en fotocopia a color- el número que se juega en la puerta o tablón de anuncios del comercio o la asociación emisora de las papeletas. Así se evita la posible venta de participaciones falsas. Cuantas más personas conozcan el número y el diseño de la papeleta, menos posibilidades de difusión tendrán las falsas.