Un juzgado de Sevilla ha condenado a nueve meses de prisión a una mujer por dar una bofetada a su marido, en el transcurso de una discusión cuando la pareja se encontraba en trámites de separación.

La sentencia del juzgado penal 12 dice que como consecuencia de esta acción, el marido resultó con una "contusión facial" por la que recibió una única asistencia médica. En el juicio, la acusada explicó que no quiso dar una bofetada a su marido sino solo taparle la boca durante la discusión, pero en función de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género tal hecho se considera un delito de lesiones en el ámbito familiar, con una pena de entre tres meses y un año de cárcel.

El matrimonio mantuvo una discusión sobre las 12.30 horas del 25 de febrero de 2006, unos días antes del juicio por su divorcio, en el recibidor de su vivienda de Gines (Sevilla), como consecuencia de la negativa de la acusada a que su marido se llevara a las niñas. Frente a la versión de la procesada de que solo quiso tapar la boca a su marido, el juez considera más verosímil la declaración del denunciante.