Los tres exjugadores de La Arandina CF, R.C.H., C.C.S. Lucho y V.V.R. Viti, han sido condenados a penas que suman 114 años como autores de la agresión sexual sobre una menor de 16 años. En concreto, a cada uno de ellos la Audiencia de Burgos les impone una pena de 38 años de privación de libertad. La Fiscalía pidió ayer el ingreso en prisión inmediato de los tres hombres.

Se condena a cada uno los acusados como autores de un delito de agresión sexual, con acceso carnal en forma bucal, respecto de la denunciante (menor de 16 años) en la fecha de los hechos. Se aprecia la existencia de intimidación ambiental por el hecho de haber actuado los tres acusados sobre la víctima, en el piso de estos, con la luz apagada y por sorpresa, sin que la menor pudiera reaccionar, debido a la diferencia de edad y complexión física de los acusados.

Se tomó en consideración el testimonio de la denunciante, en cuanto resultó corroborado por las personas más allegadas y por el informe psicológico. Si bien la postura de la denunciante fue diferente al relatar los hechos a sus conocidos, por influencia de las redes sociales, se aprecia credibilidad a su versión en cuanto refiere que no realizó los hechos voluntariamente. También se considera probado que los acusados conocían que la denunciante tenía menos de 16 años, iba al colegio con uniforme y su madre y otros testigos se lo habían dicho.

Cooperadores necesarios / Las penas impuestas se corresponden con la aplicación de la doctrina de la cooperación necesaria, y por ello cada uno de los acusados es condenado como autor por los hechos realizados por el mismo y como cooperador por lo realizado por los demás.

Se absuelve a todos del delito de proposición de actividades sexuales; y a uno de los acusados, por su madurez similar a la de la víctima (conforme al informe psicológico) y falta de corroboración, del delito de agresión sexual continuada.

Se fija una indemnización de 50.000 euros de la cual responderán en forma conjunta y solidaria todos los acusados. Asimismo, se imponen medidas de prohibición de comunicación con la víctima y también libertad vigilada durante 10 años. El máximo cumplimiento de la pena de prisión se fija en 20 años, conforme a lo dispuesto en el Código Penal.

Los hechos tuvieron lugar en el 2017, cuando la menor, entonces de 15 años, acudió al piso que los tres jóvenes compartían en l de Aranda de Duero. El Ministerio Fiscal solicitaba para los tres exjugadores penas que sumaban un total de 118 años de prisión, 40 años de internamiento para R.C.H y 39 para cada uno de los otros dos acusados, C.C.S y V.R.R, por un delito continuado de agresión a la menor y sendos delitos de agresión sexual, a las que añadía una indemnización conjunta y solidaria en favor de la menorde 50.000 euros por el daño moral causado, y otros 20.000 euros más por parte de R.C.H por su implicación en los hechos. La acusación particular solicitaba 20 meses de cárcel para cada uno de los acusados por un delito contra la libertad sexual y 15 años más de prisión para R.C.H. por un delito continuado de agresión sexual y la misma pena para los otros dos procesados, por sendos delitos de agresión.

Por otra parte, la Asociación Clara Campoamor elevaba hasta los 130 años y seis meses la petición de cárcel conjunta, al solicitar 43 años para cada uno de los tres jóvenes. Los tres defendieron durante el proceso su inocencia y llegaron a pedir que «se hiciera justicia».