El Ministerio de Justicia apoya la petición de la Dirección General de Tráfico (DGT) de que se fijen unos límites de velocidad y alcoholemia y que sobrepasarlos pueda ser sancionado con penas de cárcel. El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, se mostró partidario ayer de que sea juzgado por vía penal el exceso de velocidad de 50 kilómetros por hora en las ciudades (por tanto, conducir a más 100 km/h) y de 70 km/h en las vías interurbanas (a más de 190 km/h en vías rápidas).

En cuanto al alcohol, López Aguilar apoyó que sea considerado delito conducir con un gramo o más de alcohol por litro de sangre (en aire espirado, más 0,50 miligramos por litro). Este límite era una de las dos alternativas propuestas por el director general de Tráfico, Pere Navarro, el pasado 22 de febrero en el Congreso. Navarro apostó por este tope "porque es más simple de explicar" que si se fija uno distinto establecido en el doble de la tasa máxima permitida para cada tipo de conductor (normal, novel o profesional). En cambio, en velocidad, Navarro, proponía que fuera considerado delincuente el que condujese superando en 60 km/h los límites en cualquier tipo de carretera.

El objetivo del Gobierno es modificar el Código Penal para acabar con la ambigüedad de ciertos artículos relacionados con las imprudencias al volante y evitar así que accidentes que provocan muertes o heridos graves sean solucionados con una simple sanción administrativa. La propuesta del Ejecutivo es que el exceso, tanto de velocidad como de alcohol, pueda ser castigado con penas de cárcel de tres meses a dos años, independientemente de si el conductor provoca un siniestro o no.

ADECUAR LAS SANCIONES En un desayuno informativo organizado por el foro Nueva Economía, el ministro explicó que además se adecuará la sanción penal de retirada del permiso de conducir al nuevo carnet por puntos, que entrará en vigor el próximo 1 de julio, y se sancionará, "tanto en vía penal como administrativa la conducción sin permiso cuando éste haya sido retirado definitiva o temporalmente". El Director General de Tráfico consideró esta reforma esencial para que la sanción de pérdida de todos los puntos tenga credibilidad. Si no hay medidas coercitivas contra los conductores que hayan perdido el crédito, "el sistema perderá eficacia", declaró a finales del mes de febrero.

López Aguilar criticó que se utilice el término "accidente", como si fuese "una precipitación meteorológica", cuando a lo que se refiere es "a una desgracia consecuente de una conducta dolosa y, por tanto, netamente delictiva, de imprudencia temeraria del conductor que no observó las reglas elementales de respeto por la propia vida y la de los demás".

La modificación del Código Penal para que haya unos límites claros que impidan que los jueces puedan interpretar los artículos de la forma más favorable para el acusado es una de las peticiones más reiteradas por las asociaciones de víctimas. Todos los partidos políticos, en la comparecencia de Navarro en el Congreso, se mostraron partidarios de la reforma. La agrupación de conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA), por su parte, precisó ayer que unas 60.000 personas sufrirán penas de cárcel cada año si prospera la modificación propuesta.

DISCAPACITADOS Además, Navarro anunció ayer que los conductores discapacitados tendrán limitada la velocidad de circulación sólo si el expediente médico así lo indica, y no como hasta ahora, cuando todos tienen un límite de 70 o 90 km/h. Navarro indicó que esta modificación entrará en vigor antes que se ponga en marcha el carnet por puntos. En España hay 300.000 conductores con algún grado de discapacidad, según la DGT.