Un total de 275 conductores han sido detenidos y puestos a disposición judicial en los cinco primeros días de aplicación de la reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial, que considera delito circular superando los límites de velocidad o las tasas de alcohol y drogas.

Según los datos ofrecidos hoy por la Dirección General de Tráfico, 267 de esos conductores han sido detenidos por superar la tasa de alcohol permitida: 0,60 miligramos por litro de aire espirado o 1,2 gramos por litro de sangre. Los otros ocho conductores han sido arrestados por superar en más de 60 kilómetros por hora los límites de velocidad en vía urbana o en más de 80 kilómetros por hora en carretera.

El día con más detenidos fue el pasado domingo, cuando entró en vigor la ley, con 132 arrestados (131 por alcohol y 1 por exceso de velocidad). El lunes 3 hubo 22 detenidos (20 y 2); el martes 4 dieciocho (17 y 1); el miércoles 5 veintiocho (todos por alcohol) y ayer jueves 75 (71 y 4).

Los conductores detenidos por exceso de velocidad o por superar las tasas de alcohol pueden ser condenados a penas de tres a seis meses de prisión o de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, además de perder el permiso de conducir por un periodo de entre uno y cuatro años. Además, quienes se nieguen a someterse a la prueba de alcoholemia pueden ser condenados a entre seis meses y un año de cárcel y a la privación del permiso por entre uno y cuatro años.

La reforma también prevé que, a partir del próximo 1 de mayo, quienes circulen sin carné por haber perdido todos los puntos o por no haberlo obtenido nunca serán condenados a entre tres y seis meses de prisión o multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad por un periodo de entre 30 y 90 días.