El anteproyecto del nuevo Código Penal endurece los castigos por el incumplimiento de las obligaciones familiares tras el divorcio. Fuentes del Ministerio de Justicia adelantaron ayer que el impago de la pensión a favor de los hijos durante dos meses consecutivos, o cuatro alternos, se sancionará con una pena de tres meses a un año de prisión o una multa de hasta 292.000 euros.

Con el código vigente la sanción por esta infracción es de ocho a veinte fines de semana de arresto, pena que se suprime porque, según el Ejecutivo español, muy pocos condenados llegan a cumplirla.

TRABAJOS PARA LA COMUNIDAD

También se tipifica como delito la negativa a cumplir los deberes establecidos en el convenio judicial suscrito entre los divorciados. Si en la actualidad el impago de la pensión alimenticia durante tres meses no consecutivos queda exenta de sanción, el nuevo código lo tipifica como una falta castigada con entre una y 30 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad.

Se trate de parejas estables o divorciadas, la desatención continuada a los hijos, tipificada como "incumplimiento de los deberes de la patria potestad", pasa a sancionarse también con una pena de entre tres meses y un año de cárcel, eludible mediante el pago de una multa de hasta 146.000 euros.

El tratamiento penal de la violencia doméstica experimenta en el nuevo código algunas novedades. La principal es que, al dictar condena contra un agresor, el juez deberá ordenar en todo los casos su alejamiento de la víctima como pena accesoria, al margen de la sanción que le imponga. Mientras cumpla la pena de alejamiento, que deberá durar entre uno y 10 años más que la de prisión, el condenado tampoco podrá mantener contacto con sus hijos. El agresor deberá portar una pulsera de localización para que la policía pueda controlar que cumple la condena.

CONDUCIR SIN SEGURO

Se despenaliza, por contra, la conducción sin el seguro obligatorio de responsabilidad civil, sancionado ahora con una multa de hasta 24.000 euros. En adelante y a partir de ahora esta práctica se considerará infracción leve y estará igualmente multada, pero su comisión no computará como antecedente penal.

El tráfico de inmigrantes irregulares acarreará entre cuatro y ocho años de prisión --actualmente la horquilla es de seis meses a tres años--, pero si media explotación sexual la pena podrá llegar a los 10 años.