El Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) presentará la Conferencia Episcopal Española (CEE) a finales de septiembre el borrador de real decreto de desarrollo de la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica de Educación (LOE) sobre los profesores de Religión, según fuentes oficiales.

En una reunión técnica mantenida ayer entre ambas partes, el Departamento que dirige Mercedes Cabreras se comprometió con el Episcopado en redactar un borrador sobre la regulación del profesorado de Religión para presentar a la Iglesia.

Por parte de la CEE, acudieron al encuentro el secretario general, Juan Antonio Martínez Camino; el secretario del Servicio Jurídico Civil, Silverio Nieto, y el secretario técnico de la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis, Modesto Romero. El subsecretario del Ministerio, Fernando Gurrea, encabezó la representación ministerial.

OPTIMISMO Mientras que fuentes de los obispos valoraron el "buen tono" del encuentro pero consideraron que no se ha llegado a ningún acuerdo con el Ministerio, desde el propio MEC se entiende que la reunión con el Episcopado en materia de docentes de Religión ha ido "muy bien" porque la CEE acepta la disposición adicional tercera de la reforma educativa.

La LOE establece que los profesores que impartan la enseñanza de las religiones deberán cumplir los requisitos de titulación establecidos para las distintas enseñanzas reguladas en la propia normativa y en los acuerdos suscritos entre el Estado y las diferentes confesiones religiosas, entre ellas la católica.

CONTRATACION En todo caso, los docentes que, no perteneciendo a los cuerpos de funcionarios docentes, impartan la enseñanza de las religiones en los centros públicos lo harán en régimen de contratación laboral, de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores, con las respectivas Administraciones competentes.

La regulación de su régimen laboral se hará con la participación de los representantes del profesorado.

Además, la reforma recoge estos profesores accederán al destino mediante criterios objetivos de igualdad, mérito y capacidad y percibirán las retribuciones que correspondan en el respectivo nivel educativo a los profesores interinos. En todo caso, la propuesta para la docencia corresponderá a las entidades religiosas y se renovará automáticamente cada año.

La determinación del contrato, a tiempo completo o a tiempo parcial según lo que requieran las necesidades de los centros educativos, corresponderá a las administraciones competentes. La remoción, en su caso, se ajustará a derecho, tal y como agrega la disposición adicional tercera de la LOE.