El Supremo ha sido implacable con el expárroco de Baredo (Pontevedra) Edelmiro Rial Fernández, que fue condenado el año pasado a 15 años de cárcel por abusar de seis menores (cinco de ellos monaguillos y un estudiante de Religión). El alto tribunal elevó ayer la pena a 21 años, porque ha determinado que el sacerdote intentó penetrar analmente a dos de los menores. Además, los jueces confirman la responsabilidad civil del Obispado de Tui-Vigo por no haber vigilado la conducta del cura.

El tribunal ha rechazado todos los alegatos esgrimidos por el cura, que, entre otras cosas, sostuvo que los testimonios de sus víctimas no eran creíbles. Sin embargo, para los jueces esas manifestaciones son suficientes para justificar la condena. Las víctimas --dice la sentencia-- contaron con "suficiente detalle" los hechos, ya que su "relato fue coherente y coincidente". Por ello, rechazan que los menores (que tenían entre 14 y 16 años cuando ocurrieron los hechos) hayan "fabulado".

ABUSO DE SUPERIORIDAD El alto tribunal subraya que el párroco actuó con abuso de superioridad, ya que era "su profesor de Religión" y el cura de la parroquia donde eran monaguillos. También destaca que existía una "notoria diferencia de edad (el acusado tenía 37 años) y enfatiza que el párroco "había adquirido" sobre sus víctimas "un gran ascendiente en razón de amistad y la confianza que depositaban en él".

Por contra, los jueces han dado la razón a dos de las víctimas que denunciaron que el cura quiso penetrarles analmente, pero que no lo logró porque emplearon la fuerza y "movimientos esquivos" para evitar la agresión. El Tribunal Supremo ha tipificado estos actos como agresión sexual.

El alto tribunal ha decidido también declarar responsable civil al obispado, ya que la mayoría de los abusos se produjeron en la parroquia de Baredo "con clara infracción de los deberes de vigilancia que a tal institución corresponde".