La Audiencia Nacional ordenó ayer al Estado pagar 300.000 euros (50 millones de pesetas) más los intereses a cada uno de los progenitores de las tres niñas de Alc sser (Valencia), que fueron asesinadas en 1992 por Antonio Anglés, después de que el delincuente aprovechara un permiso penitenciario para fugarse.

El tribunal sostiene que la sociedad tiene la obligación de asumir "los daños derivados del fracaso de los permisos penitenciarios", como ocurrió con la excarcelación del presunto autor del triple crimen. Los jueces recuerdan que por este abominable suceso fue condenado Miguel Ricart. Pero explican que "las actuaciones y elementos de juicio" les llevan a pensar "sin dificultad" que el otro participante en este caso fue Anglés, que se escapó ocho meses antes, mientras disfrutaba de un permiso.

Además, explica que Anglés estaba preso en noviembre de 1992 por siete sentencias por delitos de robo, detención ilegal y contra la salud pública. A pesar de ello, se le concedió un permiso penitenciario en marzo de ese año, del que no regresó a prisión. Además, el juez no dictó orden de busca y captura contra él hasta septiembre de ese año. El asesinato de las menores Miriam García, Desirée Hernández y Toñi Gómez se perpetró el 13 y 14 de noviembre de 1992.

Por ello, la Audiencia Nacional afirma que ese permiso "se reveló como gravemente inadecuado" e "improcedente" por las circunstancias personales de Anglés. El delincuente era un interno "con grandes carencias en su desarrollo psicosocial", se recuerda en la sentencia.

También relata que había vivido en instituciones desde los 4 hasta los 16 años y que esa circunstancia le "había generado una carencia de criterios, hábitos y planificación vital".

Por ello, la Audiencia considera que su trayectoria "le convertía en un delincuente habitual" y, por tanto, era desaconsejable que se le concedieran permisos como el que le otorgó el juez de vigilancia penitenciaria.

SIN REPROCHES A pesar de estos razonamientos, el tribunal evita reprochar a los "funcionarios y autoridades" que intervinieron en esa excarcelación. Tan sólo la describen para probar que hubo un anormal funcionamiento de la justicia.

Por este motivo, los jueces aseguran que la sociedad "debe asumir los daños derivados del fracaso de los permisos", ya que los daños de esa decisión no se pueden "gravar" sobre un solo ciudadano. Por contra --dicen--, "debe repartirse entre todos, a través de la correspondiente indemnización, cuya carga, por la mecánica del impuesto, incumbe a los contribuyentes".