El Colegio de Abogados de Las Palmas de Gran Canaria al fin ha parado los pies a los letrados canarios que han colaborado con los bufetes estadounidenses cazaindemnizaciones en el acoso a las víctimas del accidente de Barajas. Su junta de gobierno ha acordado abrir expediente sancionador a cuatro de ellos por vulnerar el estatuto general de la abogacía, cuyo artículo 25 c prohíbe ofrecer servicios "a víctimas de accidentes o desgracias, a sus herederos o causahabientes, en el momento en que carecen de plena y serena libertad para elegir abogado por encontrarse sufriendo dicha reciente desgracia personal o colectiva". La sanción puede llegar a los dos años de suspensión del ejercicio de la abogacía.

Los letrados, haciendo caso omiso de una prohibición que todos los profesionales tienen muy presente, acompañaron a los norteamericanos en ruedas de prensa, donde se hacía publicidad sin cortapisa ninguna, y en reuniones de familiares convocadas a través de anuncios.

TRADUCTORES Sus conocimientos sobre siniestros aéreos son tan escasos que, en ocasiones, se han limitado a hacer de meros traductores de los letrados americanos. En una rueda de prensa celebrada en Madrid, el español Fernando Scornik intentó responder a varias preguntas de los periodistas, pero sus aventuradas afirmaciones eran a continuación rectificadas por Stephen Marks, su socio trasatlántico, hasta un punto casi cómico.

El decano del colegio canario, Joaquín Espinosa, se negó a facilitar la identidad de los abogados expedientados, pero dio una pista infalible. "Son los letrados que han participado" en ruedas de prensa o convocatorias ante las familias de las víctimas del accidente del 20 de agosto.

Con el bufete más polémico, el de Ribbeck Law, cuyo titular fue acusado en Estados Unidos de hacerse pasar por un miembro de la Cruz Roja para acercarse a las víctimas, estuvo el abogado canario Ismael Rodríguez Hernández. Junto a Podhurst Orseck se presentó Saturia Ortega en la conferencia de Canarias, y Fernando Scornik, en la de Madrid. Y junto a Alters, Bolt, Rash & Culmo y Brown estuvo Mario López Arias.

El estatuto general de la abogacía califica de infracción muy grave la vulneración del artículo 25 c y prevé una sanción de "suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo superior a tres meses sin exceder de dos años". Espinosa explicó que él había advertido previamente, incluso a los abogados americanos, de que estas prácticas están prohibidas en España.