La fiscalía de Seguridad Vial está explorando un nuevo flanco en su guerra contra los conductores temerarios. Su titular, Bartolomé Vargas, considera que con la actual legislación en la mano se puede pedir que se confisque el vehículo en casos de reincidencia en el delito o de especial gravedad y así lo han solicitado ya los fiscales en varios juicios celebrados en Coruña, Guipúzcoa y Badajoz. La medida se extenderá al resto de España si los jueces son receptivos. ¿Qué mejor que dejar sin vehículo, por ejemplo, a alguien sin carnet que sigue conduciendo pese a reiteradas sentencias en contra?

Vargas basa su nueva ofensiva en el artículo 127 del Código Penal, que prevé la confiscación de "los instrumentos con que se haya ejecutado" el delito o la falta. El texto legal impone como condición que haya existido "dolo", es decir, voluntad de infringir la ley, un requisito que cumple a la perfección la reincidencia en la conducción sin carnet e incluso la alcoholemia con tasas muy altas. Otros casos afectarían a los causantes de accidentes graves cuya conducta hubiera sido imprudente.

SUBASTADOS Hay que tener en cuenta que se trata de una expropiación del vehículo, no de una simple intervención cautelar o inmovilización temporal. El titular se quedaría para siempre sin su coche y este además sería revendido en subasta tal y como establece el mismo artículo 127 del Código Penal.

Vargas, que dio cuenta de su iniciativa en el quinto Foro contra la Violencia Vial celebrado ayer en Madrid que ha inaugurado el ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, explicó que la aplicación de este artículo no ofrecería duda alguna sino fuera porque otro apartado, el 381, prevé la incautación para conductores que conducen en dirección contraria por autovía o autopista, suicidas o kamicazes.

Pero el cerco de la fiscalía a los conductores más peligrosos no acabará aquí. En el foro organizado por la asociación de víctimas Stop Accidentes, la fiscala de Seguridad Vial, Helena Prieto, sugirió otra reforma legal que permita extraer sangre sin necesidad de autorización judicial a las personas los conductores que den positivo en la prueba de la saliva en los controles antidroga.