España es un país de referencia por su legislación contra la violencia machista, pero acaba de dar un paso que la dirige en sentido contrario. El 6 de septiembre, el Boletín de las Cortes publicó el convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer. Se trata de una norma amplia y completa, que regula y define delitos como la mutilación genital femenina, los abortos forzosos, la violación y el acoso sexual. El tratado también establece un vasto ámbito de competencia para los países firmantes, que deberán investigar y en su caso castigar este tipo de comportamientos no solo cuando se cometan en su territorio, sino también cuando el hecho delictivo ocurra fuera de sus fronteras pero el autor sea uno de sus ciudadanos o una persona que tenga su residencia habitual en su territorio. España, sin embargo, ha adoptado este último apartado de una forma distinta, mucho más restrictiva, que la mayoría.

A través de una reserva en el convenio, el Gobierno señala que se otorga "el derecho a no aplicar" la disposición que obliga a perseguir a los extranjeros residentes que incurran en estos delitos fuera de España, abriendo así una vía de escape. Si un extranjero residente en España acude a su país de origen, o a cualquier otro, y viola a una mujer, podría quedar impune para la justicia española. En cambio, si por ejemplo se trata de un extranjero residente en el Reino Unido, o Italia que viola una mujer en uno de sus viajes, sí que sería perseguido por los tribunales de esos países. De los 47 miembros del Consejo de Europa, solo otros tres estados --Malta, Polonia y Serbia-- han anunciado que aprobarán una reserva similar a la española.

"Es una decisión que obedece a motivos de operatividad y sentido común --señalan fuentes de Justicia--. Estos delitos pueden ser muy difíciles de perseguir si la víctima, los testigos e incluso el acusado se encuentran fuera de España, ya que puede tratarse de un residente que salga del país, cometa el delito y ya no vuelva a España".