Adoptar un niño en el extranjero es una tarea ardua, dada la enorme cantidad de papeleo y parabienes que los futuros padres deben conseguir. Pero, desde hace unos meses, ese peregrinaje burocrático se ha complicado más, porque al niño se le aplica el artículo 42 de la ley de extranjería, relativo a la reagrupación familiar. Eso obliga a los padres adoptantes a disponer del visto bueno del delegado de Gobierno de su comunidad para obtener un visado en la embajada y poder así volver a España con su hijo.

Hasta que se ha empezado a aplicar este artículo, los futuros padres tras conseguir el certificado de idoneidad en su comunidad de residencia y la adopción en el país del niño, viajaban a buscarle. Con el papel de la adopción y a veces con un pasaporte del país de origen --es el caso de China--, se registraba al menor en la embajada y en el libro de familia de los padres y todos podían regresar a España.

Ahora, las embajadas tienen instrucciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de no realizar ese registro sino conceder un visado al menor, pero con el visto bueno previo del delegado del Gobierno de la comunidad autónoma donde residen los adoptantes.

Mientras, las familias están perplejas y angustiadas. Muchas llevan meses tramitando una adopción y hasta ahora no se les ha informado de esta nueva exigencia que, teóricamente, entró en vigor en febrero del 2005, pero que ha tardado en materializarse porque son muchas embajadas en contextos bien distintos.

Además, las delegaciones de Gobierno no tienen instrucciones claras y actúan de manera bastante caótica. "Hay delegaciones, como la de Vizcaya, que piden unos datos concretos y hacen el documento; pero hay otras, por ejemplo, la subdelegación de Valladolid, que solicitan datos distintos y aún otras que se niegan a hacer el documento (como la de Barcelona), por entender que no es necesario", explica la futura madre de una niña china.

"Si a nuestros hijos e hijas se les inscribe en el registro consular, y así se consigna en el libro de familia, son españoles de pleno derecho y no debe aplicárseles la ley de extranjería", añade la madre en ciernes. El problema se resolvería si en las embajadas "se hiciese un pasaporte español para el menor".

Hay familias que marchan mañana, sábado, a China a buscar a sus hijos "y no tenemos ni idea de cómo se resolverá el tema", reflexiona otro futuro padre adoptante. "Si nos ponen pegas y dicen que sin el permiso del delegado del Gobierno no hay adopción, ¿qué hacemos?", se pregunta. La última palabra la tiene el Ministerio de Asuntos Exteriores.