El Gobierno ha abierto finalmente la puerta de la regularización a los sin papeles que llegaron a España antes del pasado 8 de agosto pero no se habían empadronado. Si aportan "documentos públicos fehacientes" que demuestren su estancia podrán darse de alta en el padrón de su municipio de modo retroactivo --lo que técnicamente se denomina alta por omisión--, y a partir de ese momento tendrán vía libre para formular la correspondiente solicitud de legalización de su situación.

La decisión la tomó ayer la Mesa de Diálogo Social, integrada por sindicatos y empresarios, a propuesta del ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera. La mesa encomendó al Consejo de Empadronamiento, un organismo encabezado por Carmen Alcaide, presidenta del Instituto Nacional de Estadística, la determinación de qué documentos públicos serán admitidos como prueba de estancia.

CUESTION DE HORAS El consejo tomará la decisión hoy o a lo sumo mañana. Fuentes del INE indicaron que "se hará lo más rápidamente posible", conscientes del escaso margen de tiempo que resta. La recepción de solicitudes del proceso se cierra el 7 de mayo y de aquí a esa fecha los afectados tendrán que reunir la documentación que al final se les exija, darse de alta en el padrón municipal y obtener el correspondiente certificado.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo pidió a los inmigrantes que no vayan aún a las oficinas municipales, que no hagan caso a los rumores que hablan de que la tarjeta sanitaria o el registro de entrada del pasaporte podrían valer. "Hasta que el consejo establezca qué papeles valen, los ayuntamientos no harán ninguna inscripción", advirtieron fuentes del departamento.

Lo único que adelantó Trabajo es el tipo de pruebas que no van a servir. La secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí, advirtió de que no se admitirán recibos de la luz, bancarios o de cualquier otro servicio, porque no tienen carácter público.

La complicada fórmula finalmente adoptada para permitir la regularización de los no empadronados es fruto de la falta de tiempo material para cambiar el reglamento. El Gobierno era consciente de que debía dar ese paso, especialmente tras recibir las peticiones del Consejo General de la Abogacía y el Defensor del Pueblo, pero el texto legal establece como requisito que "el trabajador figure empadronado en un municipio español con al menos seis meses de anterioridad a la entrada en vigor del reglamento". Y modificarlo podía llevar hasta dos meses.

TRIQUIÑUELA LEGAL Los expertos del Gobierno han encontrado un resquicio legal en una resolución conjunta de la presidenta del INE y el director general de Cooperación Territorial del 1 de abril de 1997 que crea la figura de la altas por omisión.

Esta figura estaba pensada para que un municipio pueda incluir en el padrón de modo retroactivo a alguien que tras años de vivir en un municipio decide inscribirse. Ahora servirá de puerta trasera del padrón para resolver un problema que de otro modo no tenía salida.