La pequeña D., ya está con sus padres adoptivos, pero la nueva pareja de padres ha pasado lo suyo hasta tenerla. La Audiencia de Barcelona ha sentenciado que tienen derecho a recibir una indemnización por los daños morales que les causó la Asociación en Defensa del Derecho de la Infancia a la Adopción (ADDIA), una agencia de adopción internacional, al incumplir parte del contrato.

Concretamente, los padres cobrarán 2.352 euros (391.340 pesetas) por incumplimiento parcial del contrato y 1.803 euros (299.994 pesetas) por los daños morales.

Un juzgado de Primera Instancia de Barcelona desestimó la demanda. Pero ahora, la Audiencia estima probado que la agencia no cumplió el contrato porque los padres, una vez en México, lugar de nacimiento de la niña, se encontraron sin acompañamiento ni asesoramiento y completamente desinformados de los trámites a realizar en el lugar de destino. Precisamente, era la agencia internacional la que debía ocuparse de su atención en el país americano.Además, entienden que la pareja merece una indemnización por daños morales.