Aturdido aún por la noticia, a Mohamed Aziz le costaba asimilar ayer que, al fin, una sentencia ha dictaminado la nulidad por abusivas de las cláusulas de la hipoteca a partir de las cuales fue desahuciado del piso en que vivía en Martorell. Se trata de un fallo judicial pionero que aplica la reciente sentencia en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró ilegal la legislación hipotecaria española, y que abre la puerta a dejar sin efecto el desahucio y a que este soldador pueda recuperar su vivienda.

Pese a los tecnicismos judiciales, este padre de familia expresaba una felicidad rotunda. Tanto como sus intenciones. "Esa es mi casa y ahora que la justicia me ha dado la razón voy a recuperarla. Yo metí ahí todos mis ahorros. Años y años trabajando. Años sin vacaciones. Años con mi familia en Marruecos mientras yo estaba aquí muerto de pena. Todo ese esfuerzo estaba en ese piso y me lo quitaron porque no pude pagar unas cuotas", dijo emocionado por teléfono.

La causa de la felicidad de este marroquí residente en Martorell eran los 29 folios de la sentencia dictada por el juez José María Fernández Seijo, titular del juzgado mercantil número 3 de Barcelona, ante el que Aziz y su abogado, Dionisio Moreno, denunciaron las cláusulas de la hipoteca. "Condeno a la entidad mercantil Catalunya Banc y declaro nulas por abusivas las cláusulas incluidas en la escritura pública de préstamo con garantía hipotecaria de 19 de julio de 2007", sostiene el fallo, en el que el juez no establece de forma explícita la nulidad del desahucio pues no era el objeto de la demanda.

Fuentes judiciales señalaron que una vez que la sentencia sea firme (tras decidir la Audiencia Provincial sobre el recurso ya avanzado por el banco), el abogado de Aziz puede reclamar judicialmente la nulidad del desalojo y reclamar la devolución de la vivienda o una indemnización.

El juez basa su fallo en la sentencia con que el Tribunal de Justicia de la UE resolvió las preguntas que le formuló este magistrado a raíz de la demanda de Aziz. El tribunal resolvió que el sistema español de desahucios vulnera el derecho europeo al incumplir la directiva comunitaria de protección del consumidor. Sostiene que las cláusulas abusivas no obligan al cliente.

CRITICAS AL BANCO En la resolución, determina que son abusivas tres cláusulas de la hipoteca: la que establece los intereses de demora, la que determina que se puede iniciar el proceso de desahucio por solo un impago y la que permite que el banco, de forma unilateral, calcule la cantidad que debe el dueño. Además, considera excesivo que se inicie un proceso de desahucio cuando Aziz dejado de pagar 453,88 euros de principal. Fuentes de Catalunya Caixa anunciaron que recurrirán, porque "no dicta la nulidad del proceso de ejecución de la hipoteca y no exige la devolución de la vivienda", dice.