Una lesbiana vecina de Asturias deberá ser indemnizada por la Consejería de Sanidad del principado con los 7.723 euros que le costó intentar una gestación por medio de técnicas de reproducción artificial, ya que así lo indica una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA). La ley española de reproducción humana asistida indica que quienes accedan a un tratamiento de fecundación artificial con financiación pública deben acreditar que sufren esterilidad o "una indicación clínica establecida", concepto este último que, en algunas autonomías, ha permitido financiar con dinero público dichas terapias a mujeres sin pareja masculina que no sufrían esterilidad. No ha sucedido así en Cataluña, Murcia y Asturias, donde siempre se ha exigido sufrir esterilidad para recibir un tratamiento público de reproducción artificial, con independencia del tipo de orientación sexual.

FACTOR MASCULINO La sentencia del TSJC indica que la Constitución española ampara el principio de igualdad de trato y no discriminación por razón de sexo, y entiende que en los casos de esterilidad no se puede excluir la que en términos médicos se denomina como "esteriliad primaria" o "ausencia del factor masculino", ya que, añade, de lo contrario "se estaría obligando a una persona de orientación homosexual a tener relaciones heterosexuales" para procrear.

La paciente, Sílvia García, ha informado de que los 7.723 euros de la sentencia corresponden al dinero que pagó en los cuatro intentos fallidos de inseminación que realizó en cuatro clínicas privadas. Así, ha indicado que ha pagado una cantidad superior en un quinto intento de inseminación con fecundación in vitro, con el que hace cuatro semanas consiguió ser madre.

Por esta razón, la demadante asegura que seguirá litigando para que se le reintegre todo el dinero gastado en la sanidad privada para lograr tener descendencia tras serle denegada la opción por la sanidad pública. Fuentes de la Consejería de Sanidad han indicado que acatarán la sentencia.

CAMBIOS LEGALES La difusión de este contencioso coindice con la modificación de los requisitos incluidos en la rey de reproducción humana asistida que prevé debatir el Consejo Interterritorial de Salud el próximo martes en Madrid, en el que participarán representantes de todas las comunidades bajo la coordinación de la ministra de Sanidad, Ana Mato. Dicha modificación podría especificar la exclusión de las lesbianas -sufran o no esterilidad. en el acceso a los tratamientos de reproducción. Fuentes del Ministerio de Sanidad han asegurado, no obstante, que la ley no fijará exclusiones en función de la condición familiar y sexual de la solicitante, sino solo en relación a si se sufre o no esterilidad. La novedad que Sanidad quiere introducir en la ley, añadieron esas fuentes, se limitará a marcar la edad que deben tener las candidatas a dicho tratamiento: deberán ser menores de 40 años. El cambio legal también afectará al número de intentos de embarazo que financiará la sanidad pública por cada paciente, que muy posiblemente se fijará en dos.

La eventualidad, desmentida por Sanidad, de que se pretenda excluir a lesbianas no estériles ha levantado protestas en los colectivos que representan a las parejas homosexuales, que se han declarado objeto de discriminación. Según estos colectivos, el Gobierno quiere que el acceso a los servicios sanitarios de fertilización sea excluivo para las parejas heterosexuales.