El Juzgado Penal número 15 de Barcelona ha desestimado un recurso presentado por la defensa del médico ginecólogo S. T. O., condenado por la muerte de un bebé en diciembre del 2005 en Sant Boi de Llobregat, y ha reiterado que debe cumplir la pena de un año de prisión por su comportamiento "claramente peligroso". Habitualmente este tipo de penas cortas no comportan el encarcelamiento del acusado. Sin embargo, en este caso, el facultativo ya tenía una condena anterior de multa por una falta de imprudencia por el fallecimiento de otro niño.

El juzgado confirma en esta resolución --difundida ayer por la asociación El Defensor del Paciente-- la que adoptó en junio, en la que negó al ginecólogo el beneficio de la condena condicional. En su nuevo auto, el juez sostiene que el hecho de que el médico tenga una sentencia anterior pone de manifiesto su comportamiento peligroso y destaca que su "conducta imprudente ha comportado la muerte de dos bebés".

La resolución rechaza de forma contundente las alegaciones del médico respecto a que su ingreso en prisión tendría efectos "nefastos" para él y señala que "su conducta también ha generado los mismos efectos en varias familias".

El magistrado incide en que la "trayectoria delictiva (del ginecólogo) y razones de prevención general y especial" le han llevado a no otorgar la condena condicional al médico.

El pasado mes de abril, cuando condenó al ginecólogo a la pena de prisión, el Juzgado Penal número 9 consideró probado que el ginecólogo se comportó "de modo imprudente" durante el parto, ya que no ordenó una cesárea a pesar de que el feto presentaba síntomas claros de sufrimiento. En su lugar optó por la evolución natural del parto. Pero finalmente el agravamiento de la situación de la madre derivó en una cesárea. El bebé, con graves dolencias, falleció posteriormente.