Hasta ahora, la custodia compartida era algo "exótico" en los juzgados, según los abogados de familia. Es decir, se trataba de acuerdos que se firmaban en una de cada cien demandas de divorcio. El objetivo del Gobierno es dar más facilidades para que las custodias compartidas se conviertan en algo frecuente siempre y cuando sea en beneficio del menor. Así, según el Ejecutivo, "se afianza la corresponsabilidad del padre y la madre".

El juez podrá dictaminar la custodia compartida en el caso de que los dos cónyuges estén de acuerdo --como hasta ahora-- y también "a instancias de parte". Es decir, cuando uno se lo pida.

En esos casos, el magistrado tendrá que contar con el informe positivo del fiscal. Además, no podrá concederla cuando alguno de los progenitores esté "incurso en un proceso penal por atentar contra la vida o la integridad física o moral del otro cónyuge o sus hijos". Sin llegar a esos extremos, la custodia compartida tampoco estará permitida cuando el juez observe "indicios fundados de violencia doméstica".

En todo caso, el ministro de Justicia añadió que los magistrados deberán escuchar la opinión de los hijos siempre y cuando tengan más de 12 años y cuenten con el "suficiente juicio". Además, se podrán pedir "informes facultativos" sobre si la custodia compartida es la más idónea para los menores.