PRIMER CASO EN ESPAÑA
Maternidad compartida para dos mujeres
EL PERIODICO
17/12/2013
El Supremo ha concedido a una mujer la maternidad compartida con su expareja, otra mujer, sobre las dos hijas que la segunda concibió mientras estaban casadas, filiación que ella reclamó cuando se divorciaron, esgrimiendo que ambas habían firmado juntas el consentimiento para la inseminación.
La Sala Primera de lo Civil del tribunal ha analizado por primera vez un caso de reclamación de filiación entre dos mujeres casadas entre sí y luego divorciadas. El tribunal ha considerado el consentimiento informado de la inseminación artificial, firmado por ambas, como determinante para la atribución de la maternidad a las dos, independientemente de cuál de ellas haya sido la madre biológica.
El argumento central del Supremo para tomar esta decisión, en favor del interés de las menores y de la estabilidad de su vida familiar, es que la atribución de esta filiación debe seguir el criterio de mantener la posición de madre de quien ya ha asumido ese papel respecto a las niñas afectadas.
En este sentido, la sentencia confirma otras anteriores del juzgado y de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
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