La jueza de Manresa María Eloina González ha retirado a una madre la guardia y custodia de su hija de 8 años y se la ha concedido al padre al considerar que la menor estaba siendo influenciada negativamente por la mujer en contra del progenitor. La niña, Judith, padece lo que se denomina síndrome de alineación parental o, lo que es lo mismo, fobia grave hacia su padre.

La magistrada, en una sentencia pionera en Cataluña, no solo ha otorgado la guardia y custodia de la menor al padre, Jesús D., de 48 años, sino que ha suspendido, durante al menos seis meses, el derecho de comunicación y de visitas a la madre, Adriana L., de 33 años, y a la familia materna.

UN MES DE EVALUACION En el primer mes, la niña residirá con los abuelos paternos. El padre podrá acudir a verla en horario que no interfiera las obligaciones escolares de la pequeña, pero no podrá quedarse a dormir. Pasado ese mes, y tras evaluar el dictamen de los especialistas, se estudiará si es oportuno que Judith vaya a vivir con el padre.

La sentencia dictada sobre el divorcio de la pareja destaca que prácticamente desde la separación del matrimonio, en el 2003, cuando la niña tenía solo 4 años y medio, la madre "ha estado permanentemente obstaculizando" la comunicación entre padre e hija, de manera que han sido "muchísimas" las ocasiones en las que el progenitor se ha visto privado de estar con la menor.

La madre alegó en su día que la pequeña había sido víctima de malos tratos por parte del padre, pero, la jueza recuerda que nunca se presentó denuncia por ello y que no se detectaron esas agresiones en los escasos contactos que mantuvieron el padre y la hija, ya que casi siempre estuvieron presentes terceras personas. "Ningún riesgo existía para la niña por dichos contactos con el padre", explica.

El fallo judicial destaca que prácticamente desde la separación "la relación entre padre e hija quedó cortada" y que los intentos para que la situación se normalizara han sido infructuosos. La madre se amparó en que la menor no quería estar con su progenitor. "A esas edades, los padres y las madres no pueden ceder en la autoridad" que les corresponde. Y esa autoridad, agrega, la "deben ejercer con cariño, constancia y tesón, fomentando en los hijos no rechazo de uno hacia el otro progenitor, sino alentando respeto y amor hacia el mismo con independencia de la situación de separación".

FOBIA AL PADRE Los peritos médicos han determinado que Judith sufre "un problema racional o una fobia hacia su padre", una situación que ha podido ser constada personalmente por la jueza, según admite, en las diligencias de exploración practicadas a la menor. "Tanto la menor como su padre fueron privados de ese derecho fundamental a la relación", pues "no se ha probado durante todos estos años la existencia de algún hecho grave que la impidiera", relata.

La jueza ha acordado también abrir diligencias contra la madre por un presunto delito de sustracción de menor, ya que en diciembre del 2006, cuando se le notificó las medidas provisionales que ya otorgaban la custodia al padre, la mujer desapareció con la niña. Judith dejó incluso de ir al colegio.