Los interminables trámites que retrasan hasta casi el infinito la retirada del carnet por puntos a los infractores más contumaces tocan a su fin. El Consejo de Ministros aprobó ayer un anteproyecto de reforma de la ley de seguridad vial que prevé reducirlos de modo tan drástico que el plazo mínimo para retirar los puntos y declarar firme una multa pasará de los cinco meses actuales a uno. Es la modificación legislativa que el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, se comprometió a tramitar al iniciarse la actual legislatura para multiplicar la eficacia del carnet de conducir por puntos.

¿Qué trámites se suprimirán Según la Dirección General de Tráfico (DGT)?, el número de notificaciones de la sanción se reducirá de tres a solo una y las posibilidades de recurrir pasarán de dos a una. La norma ofrecerá otro incentivo para que todo el procedimiento pueda acabarse en solo 15 días: la reducción del 30% de la multa que actualmente reporta el pago voluntario dentro de ese plazo pasa a ser del 40%.

NUEVAS CUANTIAS La DGT ha aprovechado para unificar los importes, que hasta ahora se movían en un margen muy amplio que cada Administración (DGT, municipio o autonomía) aplicaba a su propio criterio. La faltas leves, como el aparcamiento en lugar prohibido, se sancionarán con 100 euros (hasta ahora el máximo eran 90); las graves, con 200 (de 91 a 300 en la actualidad); y las muy graves, con 500 (de 301 a 600).

La DGT sostiene que, en conjunto, esta modificación no supone, en general, un incremento de la cuantía de las multas y sí en cambio la eliminación de alguna sanción. Se suprime, por ejemplo, la suspensión del permiso de conducir en los casos de infracciones graves. Para las muy graves, la suspensión se fija en dos meses (hasta ahora era de entre uno y tres meses).

La sanciones por exceso de velocidad tienen una consideración distinta. Se gradúan en función del número concreto de kilómetros en que se exceda la velocidad permitida.

También se crea un sistema de notificación de las sanciones a través de internet. Cuando no se haya podido localizar al infractor en su domicilio, la multa se colgará en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico en vez de publicarla en el Boletín Oficial del Estado, de la CCAA o de la provincia, donde era mucho más difícil de buscar.