El estadounidense Robert Claibourn Hamilton y el rumano Adrian Coman se casaron en Bélgica, uno de los países europeos donde sí está reconocido el matrimonio homosexual, en el año 2010 tras convivir cuatro años en Estados Unidos. Dos años después intentaron regularizar su situación en Rumanía pero las autoridades de Bucarest rechazaron la solicitud de residencia de Hamilton alegando que no podía ser considerado «cónyuge» porque no reconoce los matrimonios gais. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio ayer la razón a la pareja y con ello un fuerte espaldarazo a los derechos del colectivo LGTB. «Mi marido y yo estamos muy emocionados con la decisión. Ahora estamos un paso más cerca de ser reconocidos como una familia», valoró Claibourn a través de las redes sociales.

El abogado general de Tribunal, el belga Melchior Wathelet, avanzó que los jueces europeos han sentenciado que aunque los Estados miembros tienen libertad para autorizar o no los matrimonios entre personas del mismo sexo en sus respectivos territorios «no pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión Europea denegando a su cónyuge del mismo sexo, nacional de un tercer país, la concesión del derecho de un derecho de residencia derivado en su territorio».

Dicho de otro modo los países que todavía prohíben los matrimonios gais, como Polonia, Eslovaquia o Croacia, tendrán toda la legitimidad para seguir haciéndolo si así lo quieren pero estarán obligados a conceder permisos de residencia y a garantizar la libre circulación de los matrimonios, sean heterosexuales u homosexuales, porque si no lo hacen estarán vulnerando la legislación comunitaria.

«Los Estados miembros disponen de la libertad de institucionalizar o no el matrimonio homosexual» y «la UE respeta la identidad de los Estados miembros, inherente a las estructuras políticas y constitucionales fundamentales de estos», dice la corte.