El pleno de la sala contencioso administrativo del Tribunal Supremo pondrá orden a finales de enero sobre la asignatura Educación para la Ciudadanía al resolver cuatro recursos presentados contra sendas sentencias del Tribunal Superior de Andalucía y de Asturias.

Hasta ahora, los recursos eran tramitados por la sección séptima de esta sala, que es la encargada de los derechos fundamentales. Sin embargo, ayer el presidente de la sala, Ramón Trillo, decidió que fueran todos los jueces los que examinarán los recursos.

El objeto de esta decisión es evitar más polémicas por los criterios discrepantes de los tribunales. Después de que el Supremo se pronuncie sobre esta cuestión su doctrina tendrá que ser seguida por los tribunales inferiores.

Los magistrados dirimirán sobre las sentencias dictadas por distintas salas que resolvieron los recursos presentados por padres de alumnos que defienden su derecho a elegir la formación moral y religiosa que quieren para sus hijos y, por tanto, reclaman la objeción de conciencia.

TRASCENDENCIA El Tribunal Superior de Andalucía les dio la razón por entender que la materia "emplea conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa como son la ética, la conciencia moral o los conflictos morales". Por ello, apoyó la objeción de conciencia porque este derecho pertenece al "claustro íntimo de creencias".

Por contra, el Tribunal Superior de Asturias reconoció el derecho del Estado a regular las materias y contenidos de la enseñanza independientemente de las convicciones morales de cada persona.