El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia promovido por el Govern contra una resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de mayo de 2016 por la que se convocaron subvenciones estatales destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Los programas financiados por este plan de subvenciones estatales son actuaciones de atención a personas de colectivos desfavorecidos o en riesgo de exclusión social, y la Generalitat entiende que son ámbitos de su "exclusiva" competencia. De ahí que planteara el conflicto de competencia que ahora el alto tribunal ha admitido a trámite, decisión que no prejuzga el fondo del asunto.

En la resolución que ha dado a conocer este lunes, el alto tribunal acuerda dar traslado de la demanda al Gobierno, que dispone desde ahora de un plazo de veinte días para aportar cuantos documentos y alegaciones considere convenientes para defender la resolución impugnada.

Para evitar duplicidades, el pleno ha comunicado su decisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional por si ante ella se hubiera impugnado el mismo asunto. En ese caso, el proceso contencioso-administrativo quedaría en suspenso hasta la resolución del conflicto de competencia por el Constitucional.

En su recurso, la Generalitat reclamaba al gobierno que, en lugar de convocar estas subvenciones, transferiera a Cataluña la cantidad global de la convocatoria de subvenciones para programas de atención social a cargo de la asignación tributaria del IRPF.

El Govern sostenía, informa Europa Press, que el Tribunal Constitucional ha emitido varias sentencias en las que considera que el Estado debe "territorializar" la dotación presupuestaria para financiar este tipo de subvenciones, y transferir a Cataluña la cantidad correspondiente.