El Instituto Nacional de Toxicología (INT) ha criticado que su informe sobre dosis psicoactivas haya sido utilizado por el Tribunal Supremo (TS) para establecer las cantidades mínimas de droga cuya venta será considerada como delito de tráfico. "Los baremos, elaborados a partir de un criterio estrictamente científico, nunca fueron establecidos para fijar condenas", advirtió la directora del INT, Josefina Gómez.

El INT se desmarca de la decisión del alto tribunal de establecer, a través de una sentencia que sienta jurisprudencia, que las transacciones a partir de 50 miligramos de cocaína, 10 miligramos de hachís, 20 miligramos de éxtasis y 0,66 miligramos de heroína serán castigadas con penas de tres años de cárcel. Son cantidades tan bajas que casi cualquier transacción implicará prisión.

Por primera vez en Europa, el TS se basa en el informe para fijar que estas "dosis mínimas psicoactivas", aunque nimias, resultan nocivas para la salud y, por tanto, su venta constituye un delito contra la salud pública. En contraposición, la directora del Instituto Nacional de Toxicología apuntó que la dosis mínima psicoactiva sólo indica la cantidad de una sustancia química, de origen natural o sintético, que tiene efectos en el organismo. "Pero no necesariamente se trata de una intoxicación", añadió Gómez.

Para la directora de Toxicología, hasta es posible que las dosis establecidas en el informe se obtuvieran por ensayos de laboratorio, o por extrapolación de pruebas en animales. "Sería discutible que la dosis psicoactiva, por ser demasiado baja, pueda servir para establecer la penalidad", insistió Gómez.