El Gobierno desconocía ayer cuál será la redacción final de la polémica norma que permitirá a los agentes de tráfico retirar el carnet de conducir en el acto e ignoraba en qué casos y en qué condiciones se aplicará la drástica medida, que debe entrar en vigor en enero.

El insólito desconcierto gubernamental tuvo dos protagonistas. El director general de Tráfico, Carlos Muñoz-Repiso, reconoció por la mañana ante los medios de comunicación que ni siquiera sabía cómo acabaría redactada la norma "cuando se publique en el BOE". También dijo que ignoraba si un cambio introducido a última hora que había ampliado la discrecionalidad de los agentes había "sido producto de un error mecanográfico" o "de la voluntad de los senadores".

SIN REGLAMENTO A la pregunta de si se va a publicar un reglamento que especifique en qué casos el agente podrá retirar el carnet, Muñoz-Repiso, tras dudar casi medio minuto, balbuceó: "Creo que es una medida cautelar que no requiere desarrollo reglamentario".

Luego sostuvo que "la profesionalidad" y "el sentido común" de los agentes, más unas instrucciones que les remitirá la dirección general, bastarán para aplicar correctamente el amplio poder que se les confiere, "sin margen a la arbitrariedad". Y defendió que con la actual redacción es muy claro en qué casos se puede retirar el carnet. Se resistió a poner ejemplos, pero, ante la insistencia de los periodistas, explicó varios casos de alteraciones psíquicas o físicas: ir con un un brazo escayolado o demostrar "falta de pericia" al causar una colisión al pisar el acelerador en lugar de pisar el freno.

MEDIDA CAUTELAR SIN PLAZO También argumentó que, en caso de arbitrariedad, al tratarse de una medida cautelar, se puede presentar recurso y, "si se demuestra que el conductor tiene razón, se le devolvería el carnet de modo inmediato".

El segundo acto de la confusión llegó por la tarde. Un portavoz del Ministerio del Interior, el departamento que ha promovido la reforma, rectificó a Repiso, al reconocer que la redacción actual de la norma da un excesivo margen a la arbitrariedad policial. Pero aseguró que ello se debe a que, "se produjo una errata mecanográfica en el texto aprobado" por el Senado.

La nueva norma establece que la retirada se podrá efectuar a un conductor que haya cometido una infracción o que se haya visto implicado en un accidente y que, además, presente "síntomas evidentes de que ha perdido las condiciones necesarias para conducir". Una secretaria del servicio jurídico del Senado se saltó, según Interior, la palabra "físicas" que debe ir entre "condiciones" y "necesarias".