La regularización por arraigo social mantiene unas condiciones similares a las establecidas en anteriores reglamentos. Hará falta llevar tres años en España, contar con un contrato de trabajo sin duración mínima y cumplir uno de estos dos requisitos adicionales: tener vínculos familiares con un extranjero con los permisos en regla o bien presentar un informe del ayuntamiento "acreditando su inserción social". Los irregulares no podrán obtener permisos por ninguna otra vía.