Tienen las comunidades autónomas competencias para regular los festejos taurinos y prohibir el maltrato animal? Según la Constitución, sí y llevan haciéndolo, sin ninguna controversia, más de 20 años. Entonces, ¿por qué el Tribunal Constitucional anuló el veto catalán a las corridas de toros? Porque ocho de sus 11 magistrados entendieron que la tauroamaquia forma parte de la cultura que el Estado está obligado a proteger, y la Generalitat invadió esa competencia estatal al prohibir los toros en Cataluña. Los otros tres plasmaron en dos votos particulares su radical discrepancia con esa resolución. Entienden que el recurso presentado por 50 senadores del PP contra la ley del 2010 del Parlament debió ser desestimado.

La vicepresidenta del Constitucional, Adela Asúa, y el magistrado Fernando Valdés firman uno de los votos, mientras que Juan Antonio Xiol suscribe otro. Los tres coinciden en lo sustancial: en que la mayoría no ponderó las competencias de Cataluña en materia de protección animal ni de defensa de los valores culturales de la comunidad autónoma, también protegidos constitucionalmente. Pero llegan a esa conclusión por distintas vías.

Asúa y Valdés sostienen que la sentencia obvia las competencias de Cataluña en materia de espectáculos públicos y de protección animal, para centrarse en la competencia que en cultura tiene el Estado y así poder concluir que la ley que prohibió las corridas de toros en Cataluña vulneró la facultad estatal sin «precisar el contenido y alcance de la interferencia», lo que, en opinión de ambos, constituye un recorte injustificado de las atribuciones de las comunidades autónomas.

«La ley autonómica no cuestiona el carácter de bien cultural que la estatal asigna a la tauromaquia; tampoco impide la realización y desarrollo del resto del amplísimo conjunto de conocimientos y actividades artísticas y productivas que la componen, ni se prohíbe la crianza del toro de lidia ni la creación de escuelas», sostienen los discrepantes. Por ello, consideran que la ley catalana no vulnera la ley del 2013 con la que el Gobierno de Mariano Rajoy blindó los toros, tres años más tarde de que se promulgara la norma del Parlament ahora anulada.

CONFLICTO DE CULTURAS / Por su parte, Juan Antonio Xiol, en un total de 19 páginas, hace un detallado análisis de lo que a su juicio es el verdadero conflicto: el existente entre «unacultura emergente ambientalista y de protección de los animales, que intenta abrirse camino conformando consensos para un cambio de paradigma de la relación del ser humano con su entorno y con otros seres sensibles, y una cultura apoyada por una sólida tradición, defensora de la tauromaquia como manifestación cultural y artística cuyo paradigma, desde una posición antropocéntrica, es la exaltación del valor, la estética, el raciocinio y la inteligencia como superior característica humana de control y dominación de la fuerza bruta animal».

Las aspiraciones de esa cultura de protección animal se materializaron en la ley del Parlament, mientras que las de la cultura de protección de la tauromaquia lo hicieron en una norma estatal, promulgada como reacción a la primera, por lo que discrepa de que, como entiende la mayoría, esa protección a los toros como cultura «desplace y se imponga a la protección a los animales».

PLURALIDAD CULTURAL / Y ello porque la propia Constitución no consagra una única cultura, sino que protege «la pluralidad cultural asociada a los pueblos de España». De ahí, que declarar, como hace la sentencia, prevalente la tauromaquia y «digna de protección cultural en la globalidad del territorio nacional» solo sería posible si «quedara acreditada una concreta afección e identificación con el sistema de valores que representa», algo que no ocurre en lugares, como Canarias, cuya prohibición de las corridas no fue recurrida por nadie y es inamovible, y Cataluña.

En su opinión, la decisión adoptada en Cataluña responde al «progresivo declive que hasta la marginalización estaban teniendo las corridas de toros», lo que responde «a una real desafección por el sistema de valores culturales que representan esas manifestaciones de la tauromaquia» frente a otras como los correbous.

Destaca que de las 810 corridas celebradas en el 2004 en España solo 28 fueron en Catalunya. Al año siguiente, hubo 16 de 781 y solo había dos plazas en activo, la Monumental de Barcelona y la de Tarragona, en la que se celebró una. Desde el 2007, los únicos festejos de este tipo fueron en la plaza barcelonesa en un número cada vez menor hasta que en el 2011 solo se celebraron 10.