Para acogerse a la regularización, en aplicación de la nueva normativa, el extranjero residente en España deberá llevar un mínimo de seis meses empadronado en un municipio español cuando entre en vigor el nuevo reglamento. Esto podría suceder, según Caldera, a primeros de enero. Es decir, del proceso quedarán excluidos "los llegados a España después de junio".

Empresarios e inmigrantes podrán empezar a presentar las solicitudes también a partir de la entrada en vigor del reglamento en las oficinas que habilitará al efecto el Ministerio de Trabajo. El plazo durará tres meses, que, si se cumple el calendario apuntado por Caldera, serían enero, febrero y marzo.

Aunque el Gobierno rebaja la cifra a la baja, la comparación de las estadísticas del padrón con los registros policiales arrojaba el pasado 1 de enero un saldo de casi 1,5 millones de extranjeros en situación irregular. Es decir, empadronados pero sin papeles. Casi todos intentarán obtener los permisos. Sólo los menores de edad quedarán fuera al no poder trabajar, pero su padres podrán reclamar la reagrupación familiar en el caso que lo consideren necesario.