El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó hoy por mayoría la denuncia presentada contra España por una madre gallega de 46 años, sin contacto en los últimos siete años con dos de sus seis hijos, nacidos en 2004 y 2006, dados en acogida por los servicios sociales. Los tres hijos mayores de la demandante, que residía en Villalba (Lugo), viven con su padre, de quien la mujer -identificada sólo por sus iniciales M.L.R.- se separó, mientras que la más pequeña nació en 2010, cuando la madre se trasladó a Portugal.

La Delegación provincial de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Galicia se hizo cargo en enero de 2009 de los dos niños objeto de la disputa, suspendió el contacto con ellos, a quienes declaró en situación legal de abandono, y los ingresó en elcentro de acogida de Amondeira.

Tras solicitar la revocación de la decisión y un régimen de visitas a sus hijos, M.L.R. presentó en diciembre de ese año una demanda ante el juez de primera instancia de Lugo. La Delegación territorial de Lugo apoyó la decisión y decidió dar a una pareja la acogida familiar de preadopción de los dos menores, mientras el juez de primera instancia nº4 de Lugo rechazó la demanda, al igual que la Audiencia Provincial de Lugo.

SUPUESTA MALA CONDUCTA

El recurso de casación consiguió que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia revocara parcialmente el dictamen, al declarar el derecho de la demandante a mantener el contacto con sus hijos del que "había sido privada sin causa". La Xunta de Galicia contactó entonces con las autoridades portuguesas, que le advirtieron de la "conducta negligente" de la madre con la hija nacida en 2010, y el 27 de abril de 2012 decidió que las visitas "no debían tener lugar".

Ese pronunciamiento administrativo no fue recurrido judicialmente por la demandante, hecho clave para el rechazo hoy de la demanda por la corte europea, que estima que M.L.R. "ha renunciado a impugnar" los informes de expertos, posteriores a la sentencia de casación. El recurso que no formalizó "hubiera sido accesible y eficaz, tanto en la teoría como en la práctica" y "nada permite afirmar que no ofrecía perspectivas razonables de éxito", según el TEDH.

Los posteriores recursos internos de reposición, apelación y amparo fueron rechazados, y el proceso de adopción de los dos menores se inició en diciembre de 2013.