Por primera vez y como velada respuesta a las críticas recibidas por la gestión de los casos de pederastia, el Vaticano divulgó hoy la Guía de la Congregación para la Doctrina de la Fe para afrontar esos hechos, redactada en el 2003 y hecha pública ahora. El documento establece que las víctimas de casos de abusos los han de denunciar "siempre" a la autoridad civil.

La guía, que se puede consultar en la página web del Vaticano (www.vatican.va) también contempla que en los casos más graves, el Papa puede reducir directamente al estado laical al clérigo pederasta, sin pasar por el juicio canónico previo.

El documento ha sido publicado en la página web del Vaticano, en el enlace "Abusos sobre menores, la respuesta de la Iglesia", que incluye los documentos vaticanos para luchar contra esas situaciones, las cartas del Papa a las víctimas, discursos de Benedicto XVI y Juan Pablo II y otros textos relacionados.

El viceportavoz del Vaticano, Ciro Benedettini, precisó que no se trata de un documento nuevo, sino que es la guía redactada en 2003 y que ha sido publicada ahora, por primera vez, "en nombre de la absoluta transparencia impuesta por el Papa" para estos casos. La guía fue escrita en la época en la que el actual Papa era el cardenal Joseph Ratzinger, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

EL PROCEDIMIENTO

El texto está dividido en tres partes, la primera de las cuales se refiere al procedimiento preliminar y señala que cuando se produce una denuncia de abuso de un menor por un clérigo, la diócesis local es la primera encargada de investigar el hecho. Si la acusación tiene peso, el obispo local remitirá el caso con toda la documentación necesaria a la congregación vaticana y expresará su opinión sobre los procedimientos a seguir y las medidas que se adoptarán a corto y largo plazo. Y, en ese punto, la guía señala: "Las leyes civiles referentes a las denuncias de esos delitos a las autoridades competentes siempre se deben seguir". Durante la etapa preliminar y hasta que el caso esté concluido, el obispo puede imponer medidas cautelares para salvaguardar a la comunidad y a las víctimas y para garantizar que los niños no sufrirán nuevos daños.

La segunda parte se refiere a los procedimientos autorizados por la Congregación para la Doctrina de la Fe. Una vez el caso está en manos del dicasterio vaticano, éste puede pedir más información al obispo y autorizarle a realizar el proceso ante un tribunal local de la Iglesia, con la asistencia de dos asesores. El sacerdote acusado deberá presentar pruebas y, si es condenado a una pena canónica, puede presentar recurso ante la Congregación. El clérigo declarado culpable puede ser condenado a diferentes penas, la más grave de ellas la expulsión al estado laical.

En los casos en los que el pederasta ha admitido sus delitos y ha aceptado llevar una vida de plegarias y penitencias, la Congregación autorizará al obispo local a dictar un decreto que prohíba o limite el ejercicio público del ministerio sacerdotal.

En el último punto, la guía explica que la congregación ha comenzado a revisar algunos artículos sobre los delitos de abusos más graves. Hasta ahora, estos delitos vencían 10 años después de que el menor alcanzara la mayoría de edad, pero recientemente Charles J. Scicluna, "promotor de justicia" (fiscal) de la Congregación para la Doctrina de la Fe, se mostró a favor de abolir cualquier tipo de prescripción.