La Audiencia de Barcelona desestimó ayer la petición de la fiscalía para que ingrese en prisión Tomás Pardo Caro, condenado a 26 años de cárcel por violación e intento de homicidio, lesiones y robo y a quien un error judicial dejó en libertad antes de la celebración del juicio.

El fiscal solicitó tras la condena que el violador ingresara en prisión dada la gravedad de los delitos, pese a que la sentencia no es firme, y porque dos de sus víctimas se encuentran bajo protección policial. Sin embargo, la Sección Segunda de la Audiencia ha desestimado la petición y ha vuelto a dejar en libertad provisional al condenado.

El juez Pedro Martín explica en el auto que la reclamación de encarcelación "carece, a juicio del tribunal y con todo el respeto debido al ministerio fiscal, de toda base legal". La Audiencia entiende que no hay base legal para ordenar la detención de un ciudadano, que, aunque condenado, aún no lo es por sentencia firme y ha cumplido los dos años de prisión provisional.

En el auto, el ponente recuerda que "la resolución de la cuestión más arriba expuesta tiene trascendencia determinante el hecho de que el procesado Don Tomás Pardo Caro fuera puesto en libertad provisional, no como consecuencia de ningún error judicial, sino en cumplimiento del mandato del legislador de limitar temporal y razonablemente el tiempo de duración de la prisión preventiva".

Fue puesto en libertad el 1 de noviembre después de que una falta de coordinación entre la fiscalía y la sala impidiera una nueva prórroga de la preventiva.