La defensa de Luis Francisco Rodríguez Tinoco, condenado a 16 años de prisión como coautor del asesinato de Eugenio González Reyes ‘El Negro’, junto con Marco Antonio Morán Silva, penado con 8 años por el mismo delito, perpetrado el 2 de abril de 2017 en la barriada pacense de Cerro de Reyes, presentó recurso de apelación el 18 de noviembre de 2019 contra la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Badajoz, donde se vio el juicio con jurado en octubre de 2019, que concluyó el 4 de noviembre de ese año con el citado fallo dictado por el presidente del tribunal. Dicho recurso se verá la próxima semana en la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Tsjex).

Los dos acusados fueron condenados también a no acercarse a la familia de la víctima a menos de 500 metros en 10 años y a pagar 110.000 euros.

Si bien ambos se acusaron mutuamente de causar la muerte de Eugenio, por disparos y golpes con un palo, y fueron condenados, Morán, autor confeso de los disparos -sin ánimo de matar», dijo-, lo fue a 8 años al aplicársele las atenuantes de confesión, reparación del daño y estado de necesidad, mientras que a Rodríguez se le aplicó solo la tercera de ellas y recibió 16.

José Duarte, letrado de la defensa de Rodríguez, arguye en su recurso «infracción de precepto constitucional», de «vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia y a un proceso con todas las garantías», que desgrana en 22 puntos.

Los puntos se refieren a la declaración de Morán; a la exigencia de corroboración de su testimonio, «siendo necesario que existan datos externos a la versión del coimputado». También a la declaración de un testigo protegido, de la aporta foto, «en la que se ve a mi defendido junto al jurado cuando se preguntó al testigo presencial, que estaba tras un biombo y no se le veía pero él sí al acusado, que si esta persona era uno de los participantes y dijo que no», explicó el abogado.

Además, se refiere a la testifical «de la que dijo ser nuera del fallecido, lo cual no es cierto»; de otros testigos; de la acusación particular; de varios agentes; y de pruebas periciales de la Policía Científica.

También en relación a un vídeo, a las excusas de varios miembros del jurado que fueron inadmitidas; a la recusación de dos de ellos y a la modificaciones del objeto de veredicto.

Duarte recuerda que «tuvimos un caso parecido en el que la Audiencia condenó por la declaración de un coimputado que incriminaba al otro, y conseguimos que el Constitucional, en la sentencia 134 de 2009 nos diera la razón y anuló, porque con la declaración de uno de los acusados, que tiene derecho a mentir, no se puede condenar a otro. Ganamos a la Audiencia de Mérida y se absolvió. Este caso es igual», dice.

Añade el letrado que «si no se estima en ese sentido, pedimos que se estime la anulación del juicio y la sentencia para que se repita con otro jurado».

La Fiscalía y los abogados de Morán, Enrique González; y de la acusación particular, Raúl Montaño, se oponen al recurso, señaló Duarte. El fallo se podrá recurrir ante el Tribunal Supremo.