Culpable de homicidio y de robo con violencia e intimidación. Este fue el veredicto que ayer por la tarde emitió el jurado popular en el juicio contra la mujer acusada de estrangular a un hombre y sustraerle dinero el 2 de mayo del 2018 en un piso de Valdepasillas, tras haber mantenido relaciones sexuales con él y haber consumido droga juntos.

Los nueve miembros del jurado consideraron que Inmaculada D. C. fue quien causó la muerte a Antonio O. M., porque dio por acreditado que, teniendo en cuenta los informes periciales, ella fue la única persona que permaneció en la habitación con él antes, durante y después del crimen, así como que lo hizo aprovechando que la víctima estaba «aletargada y adormecida» por las sustancias estupefacientes y pastillas que había consumido previamente, por lo que sus posibilidades de defensa fueron «mínimas».

Asimismo, el jurado cree probado que el robo fue el móvil que motivó la muerte del hombre, que la acusada cometió sin que su capacidad y voluntad estuvieran disminuidas por la ingesta de droga. Fue este último punto el único del veredicto en el que la votación no fue unánime, ya que dos de los miembros sí consideraron que no tenía plenas todas sus facultades cuando ocurrió el crimen.

En su declaración, la condenada aseguró que no mató a la víctima, que se fue del piso creyendo que aún dormía, tras coger 10 euros de su cartera y dejarle una nota diciendo que se los devolvería, y consideró posible que una tercera persona hubiera accedido al cuarto y hubiese quitado la vida al hombre sin que ella se enterase por estar bajo los efectos de sustancias estupefacientes.

El jurado popular no consideró que, por las circunstancias concurridas en los hechos, la mujer pueda beneficiarse de un indulto total o parcial por el delito de homicidio ni tampoco de la suspensión de la condena por robo con violencia e intimidación por sus antecedentes penales.

El fiscal solicita una condena de 15 años por homicidio con agravante de abuso de superioridad y otros cinco años por robo con violencia e intimidación, agravado por reincidencia. La misma pena pide la acusación particular, a cargo de Pedro Rodríguez, que también reclama una indemnización de 160.000 euros para los padres y hermano de la víctima. Por su parte, la defensa, ejercida por Cipri Cerezo, solicita las penas mínimas por ambos delitos, 5 y 1 año y nueve meses respectivamente, con la atenuante de drogadicción, así como la suspensión de las mismas «por la grave enfermedad» de la condenada.

La abogada de la acusada anunció que recurrirá la sentencia, una vez que el presidente de la Sección

Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz, José Antonio Patrocinio, la dicte, pues considera que existen «muchas dudas razonables» sobre que su clienta sea la autora del crimen.

Inmaculada D. C. se encuentra en prisión provisional desde diciembre del 2018, cuando fue detenida como presunta autora de la muerte de Antonio O. M. Las acusaciones pidieron que, ante el inminente cumplimiento del plazo de la prisión preventiva, este se prorrogue por la existencia de riesgo de fuga y para garantizar que esté a disposición de la Justicia cuando sea requerida. La defensa, por contra, solicitó que no se prolongue por el recurso que interpondrá contra la sentencia y el precario estado de salud de su clienta, lo que, a su juicio, anula el riesgo de que trate de evadir su responsabilidad judicial.