El Consejo de Ministros aprobó ayer un decreto de medidas urgentes en materia de telecomunicaciones que elimina el tope del 5% como máxima participación del accionista de una cadena en otra. Es decir, una misma persona o entidad podrá tener participaciones cruzadas superiores al 5% en más de una compañía, pero con un condicionante: la audiencia media acumulada de los operadores en los que esté presente no podrá superar el 27% de la audiencia total.

Además de la participación cruzada, también se permitirá la fusión de dos operadores, si la suma de la audiencia de ambos no supera el citado límite del 27%, y siempre que se garantice la existencia de, como mínimo, otros tres operadores privados estatales con otros accionistas.

Tras el consejo, la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó que esta nueva normativa busca "fortalecer financieramente a las empresas de televisión, afectadas por el descenso de publicidad y permitir así su capitalización y las sinergias".

El Real Decreto también establece la obligación de que los operadores de televisión digital terrestre (TDT) de ámbito estatal pongan conjuntamente sus canales a disposición de, al menos, un mismo distribuidor de servicios por satélite, o de un mismo operador de red de satélites. De esta manera, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero se asegura que la cobertura de la TDT sea total en el mes de abril del 2010 --cuando solo se podrá sintonizar la tele digital. La emisión por satélite permitirá el acceso a la TDT a aquellos ciudadanos que residen en zonas que no cubre el servicio de la TDT.

LIMITES DE LA LEY

En el apartado digital, la nueva normativa impide que una misma sociedad o persona física tenga derechos de uso sobre el dominio público radioeléctrico, ya sea en propiedad o mediante participaciones significativas, superiores a la capacidad técnica de dos múltiplex de cobertura estatal y un múltiplex de cobertura autonómica. Un múltiplex está actualmente compuesto de cuatro canales de TDT.

En cuando a los operadores públicos (teles estatales y autonómica), el decreto también establece limitaciones: en el caso del ámbito estatal, el Estado no podrá reservar o adjudicar a los operadores públicos más del 25% del espacio radioeléctrico disponible, de acuerdo con el plan nacional correspondiente.

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