El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 60.101 euros (10 millones de pesetas) impuesta a Tele 5 por incumplir los límites legales de emisión de espacios publicitarios.

En una sentencia, el Supremo rechaza el recurso presentado por Gestevisión Telecinco contra la sanción que le impuso, el 15 de febrero de 1995, el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente por una infracción administrativa.

En concreto, la administración constató que este canal de televisión cometió "excesos publicitarios superiores a 12 minutos por hora natural", límite que establecía la Ley vigente en ese momento.

Además, esta ley, de 1994, concretaba que "en ningún caso podrá superar los 17 minutos computando los espacios dedicados a la promoción de la propia programación".

MAS ANUNCIOS EN FEBRERO

Por otro lado, ayer se conoció que el nivel de publicidad emitido por las cadenas de televisión el pasado mes de febrero fue el más alto de los últimos trece meses, según datos de Media Planning.

En concreto, la emisión de anuncios y autopromociones alcanzó en febrero el 12,6% del tiempo total de emisión, frente al 11,2% de enero del año pasado, lo que supone un incremento del 1,4%.

La cadena de televisión que más aumentó el nivel de publicidad emitida en los últimos doce meses fue Antena 3.