Los más de 67.000 autónomos existentes en la región podrán cobrar un subsidio por desempleo a partir de este mismo verano si cierran su negocio. Esa es una de las numerosas novedades que recoge el nuevo Estatuto del Trabajador Autónomo, aprobado esta semana por el Congreso de los Diputados y del que se beneficiarán los cerca de tres millones de personas que forman este colectivo en España.

El texto fue aprobado el jueves por unanimidad de todos los grupos parlamentarios con representación en la Cámara baja. Aunque todavía no es definitivo. A pesar del consenso logrado en su primer paso por el Congreso, el documento debe ahora llegar al Senado para continuar con su tramitación parlamentaria y se espera que pueda estar listo para entrar en vigor antes de las vacaciones estivales.

De este modo y si se respeta su contenido actual, todos los autónomos tendrán derecho, con carácter general, a una prestación por el cese de la actividad económica que realizan. Es decir, podrán cobrar una especie de seguro o subsidio por desempleo si se ven obligados a cerrar su negocio. Este punto aún deberá ser desarrollado reglamentariamente, pero la propuesta actual ya marca restricciones. El Gobierno se ha reservado la posibilidad de ejecutar o no esta prestación, ya que el nuevo estatuto precisa que la medida se implantará siempre y cuando se pueda garantizar la "contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera". Es decir, en cierto modo dependerá de la disponibilidad económica que muestren las arcas de la Seguridad Social. Pero además, indica que se estudiará cada caso y que se tendrán en cuenta las circunstancias que originaron el cierre.

EMBARAZO Y MATERNIDAD El subsidio por desempleo no será la única prestación social a la que tendrá derecho este colectivo de trabajadores una vez que se apruebe definitivamente el documento. Así, entre otras medidas, el proyecto reconoce el derecho de las trabajadoras autónomas a la protección por riesgos durante el embarazo, así como a conciliar la vida laboral con la familiar, todos podrán beneficiarse del permiso de maternidad o paternidad y, en el caso de aquellos que se dediquen a actividades peligrosas o trabajen en sectores considerados en crisis, se contempla un sistema de jubilación anticipada.

Otra de las iniciativas estrella es la posibilidad de contratar a los hijos menores de 30 años. Hasta ahora para poder darles empleo en el negocio debían tramitarles el alta como autónomos. Una vez que entre en vigor el nuevo texto podrán contratarlos como a cualquier otro trabajador por cuenta ajena, aunque convivan con ellos.

El futuro estatuto contiene además una definición concreta de qué es un trabajador autónomo, con el objetivo de delimitar el ámbito de aplicación de la legislación. Pero además, el sector confía que también sirva para acabar --o al menos minimizar-- con el fenómeno de los falsos autónomos: trabajadores por cuenta ajena que son obligados por sus empresas a inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para abaratar costes. De esta forma logran eludir el pago de seguros sociales y evitan que el trabajador acumule antigüedad, con lo que se ahorran la indemnización a la hora de realizar el despido.

APOYO DE UPTA Y ATA El proyecto cuenta con el beneplácito de las dos principales asociaciones de autónomos en España, la Asociación de Autónomos (ATA) y la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA). Ambas organizaciones han mostrado su satisfacción por el consenso alcanzado entre las fuerzas políticas. Por contra, el texto ha sido acogido con reticencias por parte de la Confederación Española de Autónomos (CEAT), que se opone a que el sistema de protección por cese de actividad sea obligatorio. Con este documento losautónomos dispondrán de uncatálogo de derechos y deberes,así como de un paquete de medidasorientadas al fomento delempleo y la cultura emprendedora.A ello hay que sumar unpaquete de las bonificaciones yreducciones a la cotización a laSeguridad Social de jóvenes ymujeres, una medida de la quese podrán beneficiar por ejemplolos menores de 30 años quese den de alta para continuarcon el negocios de sus progenitoresy los autónomos dedicados ala venta ambulante o a actividadesartesanales o artísticas. Loque no variará será la forma decotizar, ya que se mantiene elrégimen especial creado para lostrabajadores autónomos.