La legislación comunitaria determina cómo convertirse en un organismo almacenador dehigo seco no transformado y que no va a consumo humano. Para ello, se impone una serie de obligaciones como que en las instalaciones se encuentren separadas del resto, permitir almacenar y conservar el producto comprado y separado de otros, disponer de una báscula verificada y de aparatos de laboratorio para analíticas.

Si se reúnen estas condiciones, los organismos almacenadores deben justificar ante la comunidad autónoma (en el caso de Extremadura porque tiene transferidas las competencias, si no ante el FEGA) la licencia fiscal y la documentación que acredite la titularidad. Tras estos primeros pasos, los organismos ya pueden solicitar su nueva condición, que se efectúa antes del día 5 de junio de cada campaña. La resolución se conocerá en cinco días hábiles y, si es positiva, se procede a la firma del contrato de colaboración.

Adquisición

Una vez formalizado, los organismos almacenadores ya pueden adquirir en intervención los higos secos no transformados y acumularlos en sus locales. Esta compra se realiza a los transformadores autorizados, a las organizaciones de productores, a los productores que no pertenezcan a una organización de productores y a los propios organismos almacenadores. Esta adquisición se efectúa entre el 1 de junio y el 31 de julio, pero sólo de los higos procedentes de la Unión Europea, producidos y recolectados en la campaña en vigor y con un calibre mínimo de 180 frutos/kilogramos. Asimismo, el precio de compra se establece en 58,444 euros por 100 kilos (0,584 por kilo).

En el momento de la transacción se celebra un contrato de compra-venta que, entre otras condiciones, determina que la entrega de los frutos se realiza a las dos semanas de su firma y el pago antes de la solicitud de ayudas al almacenamiento.

La comunidad o el FEGA levanta acta de control (peso, extracción y comprobación de muestras) y esta mercancía sólo se destina a la fabricación de alimentos para animales, de alcohol y sucedáneo tostados de café.

Después del periodo de compra (antes del 5 de agosto), se lleva a cabo la primera revisión del producto antes del 20 de agosto y, desde el 1 de septiembre, una trimestral con el fin de comprobar el correcto control de las existencias con vista a la posterior salida a venta. Pero ese higo almacenado genera gastos y la Unión Europea contempla dos vías de ayudas: por mantenerlo en los almacenes y la compensación financiera (desfase entre el precio al que se compró y al que se vende).

El producto permanece un máximo de 18 meses almacenados y, tras este periodo, sale a licitación a través de la Consejería de Agricultura, en el caso de Extremadura.