Un total de 42 conductores han sido condenados por los tribunales extremeños en el primer mes de aplicación de la reforma penal en materia de tráfico, reforma por la que se consideran delitos contra la seguridad vial y pueden conllevar penas de prisión hechos cuya comisión solo suponía antes sanciones administrativas.

Entre estos supuestos se encuentran, por ejemplo, circular a más de 110 kilómetros por hora en ciudad y a más de 200 en autovía, o hacerlo superando unas determinadas tasas de alcohol en sangre o habiendo consumido sustancias estupefacientes.

Y por haber cometido alguna de estas infracciones es por lo que ya en el primer mes de aplicación de la nueva normativa más de medio centenar de conductores se han visto ante algún órgano judicial de la Comunidad Autónoma Extremeña

En concreto, 55 han sido las causas abiertas en Extremadura --35 en tribunales cacereños y 20 en los de Badajoz--, de las que más de un 85%, exactamente 47, lo fueron por circular bajo los efectos del alcohol, cinco por hacerlo habiendo consumido drogas, dos por exceso de velocidad y solo una por conducir el acusado habiendo perdido todos los puntos del carnet.

De estas 55 causas totales se han resuelto ya con sentencias condenatorias 42 --se han impuesto 41 condenas por conducción alcohólica y una por exceso de velocidad--; están aún en trámite 12, entre ellas cinco por conducir habiendo consumido drogas y una por hacerlo habiendo perdido todos los puntos del carnet; y en un caso de exceso de velocidad el fiscal ha pedido el archivo "por insuficiencia probatoria", por no estar suficientemente probado el delito.

Son estos datos facilitados a este diario por los fiscales delegados de Seguridad Vial de Cáceres y Badajoz, Javier Montero y Diego Yebra respectivamente, quienes destacaron también el hecho de que más del 76% de los conductores hasta ahora enjuiciados han resultado condenados, la mayoría por conformidad y a penas de multa y trabajos en beneficio de la comunidad, además de la lógica pérdida del permiso de conducir.

Tan solo en dos casos, un exceso de velocidad y una alcoholemia, se ha impuesto penas de prisión, aunque solo uno de estos dos conductores habrá de ingresar en la cárcel para cumplir la condena. Se trata de un cacereño que, teniendo ya antecedentes penales, se ha visto ante la justicia por conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida. Se le ha condenado a cuatro meses de prisión, y debido a su reincidencia ingresará en breve en la cárcel para cumplir la condena, indicó Montero.

También cuatro meses de prisión es la condena impuesta al conductor portugués ´cazado´ a 221 km/h en la A-5, a la altura de Don Benito, aunque esté no será encarcelado por no tener antecendentes. A partir de ahora ya sí le constarán.

INCIDENCIA Tras la entrada en vigor de la reforma penal en materia de tráfico "sí se ha notado, según la Guardia Civil, un descenso en la velocidad, que los conductores van más despacio", señaló el fiscal delegado de Badajoz. Por su parte, el delegado en Cáceres matizó que, a nivel judicial, "en los términos de la delincuencia vial no se ha denotado un incremento espectacular de casos, y nos estamos movimiento en términos muy similares a los anteriores".

Consideró, no obstante, que sí habrá una mayor incidencia, al menos es lo que se espera, cuando el próximo 1 de mayo entre en vigor íntegramente la reforma del Código Penal en materia de tráfico y se incluya también como delito el conducir sin tener carnet, "entonces sí que puede haber un cierto incremento, pues en Extremadura los casos de conducir sin carnet son bastante elevados, de hecho, antes del 89 ya era delictivo también y había muchos casos". Y es que de momento lo que es ya delito es conducir habiendo perdido todos los puntos del carnet, "y de momento, aunque sí son bastantes los que conducen sin haber tenido nunca el carnet, son pocos los que en nuestra comunidad han perdido todos los puntos.