Conducir a 221 kilómetros por hora, por una vía en la que la velocidad está limitada a 120 kilómetros por hora, ha sido la infracción en materia de tráfico que ha motivado en la Comunidad Autónoma de Extremadura la primera condena judicial de prisión por exceso de velocidad desde que el pasado 2 de diciembre entrara en vigor la reforma introducida en el Código Penal por la que se considera delito circular superando los límites de velocidad.

Ha sido un juzgado de la localidad pacense de Don Benito el que, tras la celebración del oportuno juicio rápido al conductor detenido, un ciudadano portugués de 33 años, ha declarado a este autor responsable de un delito contra la seguridad vial y le ha impuesto una condena de cuatro meses de prisión, y la prohibición de conducir vehículos a motor durante dos años.

Los hechos por los que este conductor, cuyo nombre responde a las iniciales F. M. C., ha sido detenido, juzgado y condenado, ocurrieron la tarde del pasado viernes, día 18, en la autovía de Extremadura A-5.

Según informó ayer la Delegación del Gobierno, efectivos del Destacamento de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de Mérida tenían establecido un control de radar en el punto kilométrico 309,800 de la citada A-5, en el término municipal de Don Benito, en la provincia de Badajoz, y el cinemómetro allí instalado detectó y fotografió sobre las cinco de la tarde a un vehículo Mercedes, con matrícula francesa, que circulaba a 221 kilómetros por hora donde la máxima velocidad permitida es de solo 120 km/h.

DETENIDO Y JUZGADO Por considerarlo autor de un posible delito contra la seguridad vial, los agentes procedieron de forma inmediata a la detención del conductor del turismo. Este pasó la noche del viernes en las dependencias de la Guardia Civil y a la mañana siguiente fue trasladado al Juzgado de Don Benito, donde ese mismo día se celebró contra él un juicio rápido y se dictó sentencia. Como se ha indicado, cuatro meses de prisión y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por dos años.

Aunque si este conductor no tiene antecedentes penales no tendrá que ingresar en la cárcel, si le constarán ya estos antecedentes de cometer nuevas infracciones, en cuyo caso sí cumpliría en la cárcel la condena. Es precisamente para estos casos, los de los reincidentes, para los que se estima desde la Fiscalía importante la nueva reforma.

La delegada del Gobierno en Extremadura, Carmen Pereira, se refirió ayer a este primer caso de condena judicial en Extremadura por exceso de velocidad, y en declaraciones a la Cadena SER aseguró que se seguirá incidiendo en la prevención, y anunció que habrá más guardias civiles en las carreteras de la región para controlar los excesos de velocidad y la conducción ebria.