La Junta de Extremadura ha fijado en 94,6 millones de euros anuales las pérdidas que tendrá el sector fotovoltaico en la región como consecuencia de la aplicación del nuevo Real Decreto Ley que regula el sistema de primas a la producción de electricidad de origen renovable. Así aparece cifrado en el texto del recurso de inconstitucionalidad que el Gobierno autonómico ha interpuesto contra esta normativa. El documento, al que ha tenido acceso este diario, defiende que la disposición transitoria segunda del decreto vulnera dos principios constitucionales: el de igualdad y el de solidaridad territorial.

El Consejo de Gobierno de la Junta acordó el pasado día 16 interponer un recurso ante el Tribunal Constitucional por considerar que la nueva normativa que afecta al sector no solo perjudica, sino que además discrimina gravemente a las instalaciones de la región. En concreto, el Ejecutivo cifra en 94,6 millones las pérdidas económicas que sufrirán, de forma conjunta, la mayoría de las plantas fotovoltaicas extremeñas en los ejercicios 2011, 2012 y 2013 como consecuencia de la drástica reducción del número de horas máximas de producción energética con derecho a prima. Es decir, estas instalaciones tendrán menos ingresos del Estado porque durante tres años contarán con menos tiempo de generación eléctrica con derecho a compensación económica.

En su recurso de inconstitucionalidad, presentado el pasado día 23, la Junta realiza un análisis del impacto económico de la medida en las comunidades autónomas. Para ello utiliza datos de la Comisión Nacional de la Energía, unos datos que sirven al Gobierno de Extremadura para sentenciar que la región será la más afectada por este 'tijeretazo' a la energía solar.

Esto se explica por la situación del sector en la región. Desde finales del 2010, Extremadura cuenta con 300 plantas de energía fotovoltaicas operativas. Todas ellas suman 464 megavatios instalados, lo que convierte a la comunidad autónoma en la tercera en capacidad de producción a partir de esta tecnología --solo por detrás de Castilla-La Mancha y Andalucía (ver el gráfico de la página siguiente). Una de las claves es que gran parte de esos parques solares (400 megavatios del total de 464 de potencia instalada) están regulados por la normativa del 2007, la más perjudicada por el real decreto que ha recurrido la Junta. A esto hay que añadir la circunstancia de que Extremadura ha sido la región con mayor número de horas de radiación solar aprovechables para la generación energética durante los años 2009 y el 2010.

Con esos datos de partida, la Administración regional ha hecho sus cálculos sobre la producción y los ingresos que podrían recibir las plantas fotovoltaicas. De ahí sale la cifra de 94,6 millones de euros que el sector dejará de ingresar cada ejercicio durante este trienio. En Castilla-La Mancha el 'tijeretazo' sería mayor, de 137 millones, y en Andalucía, de 116. Pero si esos datos se cruzan con la capacidad de producción eléctrica de cada territorio en función de la potencia instalada y las horas reales de radiación, la Junta considera que la región sería la gran damnificada, con unas pérdidas de 203,7 por kilovatio al año. Ningún otro territorio sufriría un recorte mayor e incluso comunidades como País, Vasco o Cantabria ni siquiera sufrirían pérdidas, pues la nueva normativa les concede más horas de las que realmente pueden disponer.

DOS MODELOS VIGENTES

El recurso de la Junta está interpuesto solo contra la disposición transitoria segunda del Real Decreto Ley 14/2010. Este apartado fija un periodo de tres años (2011-2013) en el que las instalaciones del país que están reguladas por la normativa del 2007 pasarán a tener un techo máximo de 1.411 horas de producción primada al año. Hasta ahora, ese tope no existía, de manera que las plantas solares podían aprovechar al máximo las horas de radiación solar cobrando la prima. El problema que plantea este nuevo modelo es que perjudica a las comunidades de la mitad sur de la península, que disponen de más horas de radiación a lo largo del año (una media de 2.367 horas en la región).

Pero hay más. Este principio no se aplica a todas las plantas fotovoltaicas. Parte del sector está regulado por el decreto del 2007 y otra parte por la normativa del 2008. Estas últimas tendrán un sistema diferente durante estos tres años, un sistema que también limita las horas máximas de generación con prima pero que divide el país en cinco zonas en función de la mayor o menor disponibilidad de radiación solar. Así, se da más margen a las instalaciones de Extremadura, Castilla-La Mancha o Andalucía que a las que están en el norte de la península y disponen, por cuestiones climatológicas, de menos aprovechamiento solar.

Esta doble "discriminación" es la que denuncia la Junta: por un lado, que se fijen las mismas condiciones para todo el territorio nacional cuando hay circunstancias climátológicas son diferentes, y por el otro, que a unas instalaciones se les aplique un régimen transitorio hasta 2013 y a otras no. Por ello considera que la disposición segunda vulnera los artículos 1.1, 9.3 y 14 de la Carta Magna --relativos al principio de igualdad--, así como el 138 --sobre solidaridad territorial--.