La ley facilitará el derecho del paciente a acceder a la documentación que figure en su historia clínica. Este derecho incluye la posibilidad de obtener copias y certificados de los documentos, y a ser informado de quién ha visto su historial médico y por qué. Los mismos derechos asisten a los familiares del enfermo en el caso de que éste fallezca, a no ser que el paciente hubiera manifestado por escrito su deseo en contra.

Cuando un paciente abandone el hospital, su médico tendrá que facilitarle un informe de alta donde conste un resumen de su historial, las actuaciones a las que ha sido sometido durante su permanencia en el centro, el diagnóstico y las recomendaciones terapéuticas para el futuro. Asimismo, si una persona lo pide el hospital deberá facilitar un certificado acreditativo de su estado de salud de manera totalmente gratuita.