Las personas infectadas por el coronavirus o en situación de cuarentena cobrarán una prestación pública, con cargo al Estado, equivalente al 75% de la base reguladora de sus salarios, desde el primer día de ausencia al puesto de trabajo.

El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto ley, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que supone que tanto las personas en aislamiento preventivo como quienes se han contagiado del virus serán consideradas en situación de incapacidad temporal asimilada a baja laboral por accidente de trabajo, y no por enfermedad.

Esto supone que pasarán a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración, y para ello no hará falta cumplir ningún requisito de cotizaciones previas. De otro modo, la prestación por enfermedad común solo habría garantizado a los afectados una prestación del 60% entre el día cuarto y el vigésimo de la baja, y del 75% a partir del vigésimoprimero en adelante; y solo si hubieran podido acreditar una cotización mínima de 180 días en los cinco años previos.

Esta es la primera de las medidas de apoyo a los trabajadores y a las empresas que el Gobierno prevé aprobar mañana, en un Consejo de Ministros extraordinario posterior a una reunión que el propio Pedro Sánchez prevé mantener con representantes de los agentes sociales.

Las medidas, según avanzó ayer el presidente, deberán servir «para proteger y garantizar el bienestar de las familias españolas», en particular, las familias trabajadoras con hijos. También incluirán procedimientos de flexibilidad laboral, mediante reducciones de jornada o ajustes temporales. Además se adoptarán medidas para favorecer la liquidez de las pymes (con líneas de crédito y aplazamientos y moratorias en los pagos fiscales) y actuaciones para los sectores de turismo y transporte.

Representantes de la asociación de autónomos ATA y de la patronal catalana Foment publicaron ayer sus propias propuestas de medidas, que incluyen bonificaciones fiscales y sociales.

Foment también plantea facilitar la realización de expedientes de regulacion de empleo (EREs) de carácter temporal a las empresas con mayor aportación pública, para que no suponga pérdida retributiva de los empleados ni afecte a derechos futuros (pérdida de prestaciones por desempleo, etc.)

PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA / En la misma línea, los sindicatos UGT y CCOO plantean «una prestación de carácter extraordinario de suspensión de la relación laboral» que vaya a cargo de un fondo de dinero público. Esta prestación debería atender los casos de suspensión del contrato de trabajo «por causas ajenas a la voluntad de la empresa y las personas trabajadoras» relacionadas con cuarentenas, con cierre de centros escolares o de día para personas mayores y con restricciones a la movilidad que impidan asistir al centro de trabajo o cuidar a familiares.