El Ejecutivo ha constatado "la insuficiencia de los instrumentos legales disponibles para evitar el tráfico indebido" de explosivos "y el incumplimiento de los deberes de seguridad colectiva en la tenencia de estas peligrosas sustancias". Para atajar esta situación se han introducido modificaciones en el artículo 348 del Código Penal. La reforma "incrimina expresamente la conducta de los sujetos obligados legal o contractualmente a la vigilancia, la custodia y el uso de sustancias explosivas que puedan causar estragos que contravengan la normativa vigente de explosivos".

Esto supone que el Código Penal tendrá un apartado especial que castigará las conductas ilícitas relacionadas con los explosivos.