La reforma fija sanciones de tipo administrativo en caso de prácticas que impidan "constatadamente un control eficaz de los explosivos, como son las obstaculizaciones a la actividad inspectora a la actividad inspectora de la Administración, la falsedad u ocultación de información relevante en el ámbito de las medidas de seguridad y la desobediencia expresa de las órdenes de la Administración que obliguen a subsanar importantes defectos denunciados en materia de seguridad". En adelante, al finalizar las voladuras, los vigilantes podrán registrar a todos los trabajadores que hayan participado, siempre de acuerdo con la Guardia Civil.