La crisis económica también ha causado mella en cuanto a la hora de concebir un hijo. Por ello en el último año y medio se ha incrementado las adopciones de embriones congelados entre parejas con problemas de fertilidad. En cuanto al coste, esta opción tiene un precio menor que la fecundación in vitro.

La Ley de Reproducción Asistida Española obliga a las parejas a manifestar si desean mantener sus embriones para uso propio, para donarlos a otras parejas, cederlos a la investigación o destruirlos. Los embriones que se destinaran a investigación serían tratadas de acuerdo a la legislación sobre donación de órganos y tejidos (seguridad, gratuidad, ausencia de lucro) y bajo el control de un Centro Nacional.Son embriones procedentes de pacientes que han realizado con éxito un tratamiento de fecundación in vitro y que ya no quieren tener más hijos.

Cualquier mujer mayor de edad en plena salud psicofísica puede adoptar estos embriones, lo que incluye a parejas o mujeres en lista de espera para adopción de niños, parejas con hijos, mujeres sin pareja masculina que desean tener un hijo y parejas con problemas de esterilidad de larga evolución.

Muchas de ellas son parejas extranjeras que llegan a España tras fracasos repetidos en fecundación in vitro en sus respectivos países, siendo el criterio étnico el único requisito que prevalece a la hora de asignar un embrión.

Los embriones que se transfieren al útero de la mujer, de forma ambulatoria, proceden siempre de parejas residentes en otras regiones o países. Con esto se pretende evitar el riesgo de coincidencia de hermanos.