El borrador del decreto que recibió el pasado 19 de abril el visto bueno por unanimidad del Consejo Asesor de Medio Ambiente de Extremadura recoge dos opciones a la hora de determinar la superficie total excluida para la instalación de parques eólicos en el futuro. La opción 1 engloba a un total de 15 zonas de la región, que en su mayoría se trata de espacios que gozan de algún tipo de protección medioambiental, principalmente zonas de especial protección de aves (zepas), parques, lugares de interés común (LIC) o áreas de especial riqueza paisajística.

Pero el documento aprobado por el consejo --en el que están presentes ayuntamientos, grupos ecologistas, organizaciones agrarias, la Administración y las Confederaciones Hidrográficas del Tajo y el Guadiana-- contempla una opción 2, aún más restrictiva, formada por las 15 zonas anteriores más otras siete añadidas y en su mayoría colindantes a las primeras.

MAYOR RESTRICCION Esta segunda opción restringe aún más el espacio para la instalación de los aerogeneradores y es más sensible a la demanda de una mayor protección medioambiental frente al aprovechamiento eólico. La decisión del Consejo Asesor de Medio Ambiente no es vinculante ni tampoco definitiva y, pese a haberse aprobado por unanimidad el decreto, sus miembros han dispuesto de un plazo desde el día 19 para presentar alegaciones a la propuesta de zonas de exclusión que se recogen en el documento.

Según señala la Dirección General de Medio Ambiente, el consejo asesor ha seleccionado estas dos opciones tras un trabajo "arduo y concienzudo". La decisión final sobre qué zonas quedarán finalmente afectadas por la moratoria eólica corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, que es el órgano que ha de aprobar el decreto de regulación que ahora está en fase de borrador.

Este mapa de exclusión trata de compaginar la actividad de generación energética a partir del viento con el máximo respeto a la fauna, la vegetación y el paisaje. Desde Medio Ambiente se apunta que se trata de unas zonas restrigidas que a lo largo de la tramitación del decreto pueden sufrir aún algunas variaciones, aunque otras fuentes consultadas explican que los cambios serán meros ajustes y que bien la opción 1 o la propuesta ampliada serán finalmente los espacios libres de aerogeneradores.

UN CUARTO DEL TERRITORIO La superficie excluida que suman ambas opciones oscilaría entre el 20% y el 25% del territorio extremeño. Lo que sí está claro es que la opción 1 excluye de la posibilidad de albergar aerogeneradores a buena parte de las comarcas de Sierra de Gata, Hurdes y Ambroz, cuyos municipios han sido los que desde hace años se han mostrado más interesados en el aprovechamiento eólico de sus montes.

Algunos de estos ayuntamientos han llegado incluso a suscribir acuerdos previos con las compañías eólicas para la instalación de aerogeneradores. Estas compañías hacen ver a los municipios las ventajas de la instalación de molinillos derivadas de los ingresos fiscales y por cánon por poste que pagan. En otras partes de España se está pagando al propietario del terreno en torno a 3.600 euros (unas 600.000 pesetas) por aerogenerador.

El borrador del decreto recoge también como condición imprescindible para la autorización que la empresa promotora cree tres puestos de trabajo fijos por cada megavatio de potencia que pretenda instalar.

Fuentes del sector eléctrico explican que, si bien éste es un obstáculo importante para el desarrollo de la energía eólica en territorio extremeño, lo es más el hecho de que entre las zonas excluidas en las propuestas del Consejo Asesor de Medio Ambiente se encuentren algunas de las de mayor potencial eólico de la comunidad autónoma. La Junta pretende aprobar el decreto definitivo antes del verano.