El sistema arbitral de consumo es un procedimiento eficaz para la resolución de conflictos que puedan surgir entre consumidores y empresarios sin necesidad de acudir a los tribunales ordinarios de Justicia. Es gratuito, la resolución es vinculante para las dos partes y debe dictarse antes de cuatro meses. El arbitraje se puede solicitar personalmente o a través de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, ante la Junta Arbitral de Consumo. Acto seguido se forma un Colegio arbitral compuesto por un representante de los consumidores, otro del sector empresarial y otro designado por la Administración. Después, se da audiencia a las partes en litigio (por escrito verbalmente); se acuerda la práctica de pruebas si fuera necesario y se resuelve.